El decreto del Gobierno que regulará la marihuana medicinal incluía la hoja de coca, ¿por qué ahora no? | ¡PACIFISTA!
El decreto del Gobierno que regulará la marihuana medicinal incluía la hoja de coca, ¿por qué ahora no?
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El decreto del Gobierno que regulará la marihuana medicinal incluía la hoja de coca, ¿por qué ahora no?

Juanita Pérez - diciembre 9, 2015

El giro en la política antidrogas que comienza a dar el país tiene al presidente Juan Manuel Santos a punto de estampar su firma en un decreto que regula el uso medicinal de la marihuana. Y, si bien es un paso pequeño –hasta hace apenas unos años era impensable–, puede ser la cuota inicial de

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El giro en la política antidrogas que comienza a dar el país tiene al presidente Juan Manuel Santos a punto de estampar su firma en un decreto que regula el uso medicinal de la marihuana. Y, si bien es un paso pequeño –hasta hace apenas unos años era impensable–, puede ser la cuota inicial de determinaciones mucho más ambiciosas sobre las sustancias de uso ilícito en Colombia.

Pero esa es noticia vieja. Ya hace varias semanas que se conoció el borrador de decreto, reconocido como cierto por el propio Gobierno, que reglamenta los usos científicos del cannabis. Lo que no se sabía, hasta ahora, es que la intención del Gobierno era que la regulación incluyera también a la hoja de coca e, incluso, a la amapola.

¿Cómo se cayó la idea? Por cuenta de una serie de argumentos recogidos por la sociedad civil, esa posibilidad quedó descartada. Así lo demuestra el proyecto inicial de decreto del Ministerio de Salud, al que tuvo acceso ¡PACIFISTA! y unas cartas emitidas por diversas ONG y expertos en la materia.

En el texto de decreto inicial se modificaba un artículo de la norma de 2004 que regula los productos fitoterapéuticos. Se trata de aquel que restringe las preparaciones farmacéuticas con base en sustancias “con actividad estupefaciente o psicotrópica”.

El decreto que está por firmar Santos, en su primera versión, permitía que, no solo el cannabis (como efectivamente quedó en su versión final), sino también el género de las papaver (la amapola) y de Erythroxylum, el género botánico que incluye la hoja de coca, fueran utilizados con fines medicinales.

Texto original del decreto que incluía las plantas Erythroxylum, el género botánico del que hace parte la hoja de coca.

Cuáles son los argumentos para que la coca no sea incluida

La presión política de los más conservadores nada tuvo que ver con el reversazo del Gobierno en la regulación del uso medicinal de la coca. Las razones tampoco se relacionan con las dificultades para el control de los cultivos, ni con la posibilidad de que esta primera decisión llevara a debatir la regulación de su consumo recreativo –posibilidad que tanto pavor genera en un sector de la opinión–. En esta oportunidad, fue una discusión legal que envuelve a los pueblos indígenas del país la que puso el freno.

La coca no será incluida por una serie de argumentos que encontraron organizaciones de la sociedad civil en decisiones que tiempo atrás tomaron la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia.

El conocimiento tradicional hace parte de la identidad cultural de las comunidades étnicas y es la manifestación del patrimonio cultural intangible, que debe ser protegido en aras de promover la identidad cultural y de ser usado o apropiado abusivamente por terceros.

Ese párrafo, que está en la sentencia T-477 de 2012, resume en buena medida las razones que acogió el Ministerio de Salud para abstenerse de incluir la hoja coca en la reglamentación.

En esa decisión, la Corte Constitucional le ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio que “ejecute las acciones tendientes a evitar que en un registro marcario se usen los conocimientos tradicionales indígenas, manifestados por ejemplo en su simbología, mitos, vestimentas, cantos, y la comercialización de productos relacionados con la hoja de coca por personas ajenas a dicho colectivo social”.

En otras palabras, la Corte reconoció los derechos de los indígenas sobre los usos tradicionales de la coca, entre ellos el medicinal, pues interpreta que la investigación científica sobre sus propiedades terapéuticas ha tenido –y tendrá siempre– como base esos conocimientos ancestrales.

Mezcla de coca y hojas del árbol de yarumo en un poporo. La coca, para los Murui Muinai, es la planta por la que fueron guiados a este universo. Es una mata de fortaleza e inspiración. Selva amazónica(Colombia), 2015. Foto Carlos Villalón.

Entre los argumentos también se encuentra el fallo del Consejo de Estado que, en junio de este año, dejó sin efectos una alerta sanitaria del Invima que prohibía el consumo y la comercialización de productos con hoja de coca elaborados por indígenas.

Ese tribunal aclaró en su decisión que el “uso de la hoja de coca por parte de las comunidades indígenas hace parte fundamental de su tradición milenaria y tiene grandes beneficios medicinales como alimenticios”.

¿Hacia la medicina basada en la hoja de coca? 

La salida al problema entre los derechos indígenas y la investigación científica, de acuerdo con quienes requirieron al Gobierno para que evaluara el contenido del decreto, también estaría en la sentencia de la Corte Constitucional.

En ella, además de reconocer el patrimonio biológico de las comunidades, el alto tribunal citó convenios internacionales que ha suscrito Colombia acogiendo la importancia de proteger los conocimientos ancestrales de las comunidades étnicas.

Uno de esos convenios es el de Diversidad Biológica acordado en Río de Janeiro en 1992. En ese acuerdo no solo se destaca la importancia de “respetar, preservar y mantener los conocimientos tradicionales para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica”, sino que se habla de promover su aplicación “con la aprobación y participación de quienes posean esos conocimientos y fomentar que los beneficios derivados de esos conocimientos se compartan equitativamente”.

En el mismo sentido, la decisión 391 de 1996 de la Comunidad Andina de Naciones establece que los países miembros, entre ellos Colombia, “reconocen y valoran los derechos y la facultad para decidir de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales, sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales asociados a los recursos genéticos y sus productos derivados”.

En síntesis, son las comunidades indígenas las que tienen la llave que abriría la puerta al uso farmacéutico de sus saberes sobre la hoja de coca. Sin consultarlas, parece inviable que cualquier particular se valga de esos conocimientos tradicionales para convertir la planta en un producto medicinal lucrativo. Un argumento que, para el Gobierno, tuvo mucho más peso que la doctrina de “cero tolerancia” contra las plantas con usos ilícito que aún desfila por muchos micrófonos.