¿Es delito trinar contra el Grupo Aval? | ¡PACIFISTA!
¿Es delito trinar contra el Grupo Aval? Montaje: Jorge Aroca
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¿Es delito trinar contra el Grupo Aval?

Colaborador ¡Pacifista! - diciembre 7, 2018

OPINIÓN| El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dijo que las empresas que deciden competir en el mercado asumen la posibilidad de recibir críticas de los consumidores o de la prensa.

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Por: Emmanuel Vargas Penagos*

En opinión del superintendente Financiero, Jorge Castaño, trinar invitando a la gente a retirar la plata del Grupo Aval puede ser un delito. Además, según el superintendente, algunos de esos trinos tienen información inexacta o falsa con relación a ese grupo empresarial. Salvo unas declaraciones dadas en Blu Radio sobre posibles embargos de cuentas del Grupo Aval en Estados Unidos, no es completamente claro a qué información se refiere el superintendente como inexacta o falsa. Más allá de este detalle, ¿hasta qué punto se puede invitar a la gente a que retire su plata de las cuentas del emporio financiero de Sarmiento Angulo?

Parafraseando el artículo 302 del Código Penal, que es en el que se basa el superintendente, la ley prohíbe la difusión de información falsa o inexacta que pueda afectar la confianza de los clientes, usuarios, inversionistas o accionistas de entidades financieras o bancarias. Quien incumpla esta prohibición puede terminar en la cárcel. De acá se pueden sacar las siguientes conclusiones:

¿Puedo opinar que el grupo aval es malo?

El artículo del Código Penal que utiliza el superintendente se refiere a informaciones, no a opiniones. Hay muchas sentencias de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se refieren a la diferencia entre opinión y hechos en otros tipos de casos. Las opiniones no son falsas o verdaderas, los hechos sí. Por otro lado, las cortes también han dicho que los hechos que fundamentan las opiniones sí deben tener ciertos niveles de veracidad. Además, no se puede presentar una opinión como un hecho.

Un trino de una persona que considera al Grupo Aval como inmoral y que, por consiguiente, invita a retirar el dinero de las cuentas de ese banco, es más una opinión que una información. No podría castigarse como pánico económico. Un trino que diga que le indigna la implicación de Corficolombiana (perteneciente al Grupo Aval y socia de Odebrecht en la Ruta del Sol) en el escándalo de Odebrecht y que, por consiguiente, invita a que la gente retire su plata del Grupo Aval, sería una opinión fundamentada en hechos veraces. Tampoco podría castigarse como pánico económico.

Como son importantes, los bancos deben asumir las críticas del público

La libertad de expresión protege, en principio, cualquier declaración, palabra, dibujo o sonido que emita una persona. Pero hay expresiones que son más importantes para la sociedad y son conocidas como discursos sobre asuntos de interés público. Es diferente un insulto en la calle a una denuncia de corrupción. Es distinto un trino de despecho a otro que critica el establecimiento.

Las actividades de los bancos son de interés público. Hay un artículo de la Constitución que lo dice. Curiosamente, hay gente que considera que ese interés público prohibiría las invitaciones a retirar plata del Grupo Aval. Todo lo contrario. Como es un tema tan importante, la gente tiene derecho a hacer críticas y protestas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que tenemos derecho a hablar sobre temas que acarrean “consecuencias importantes para la comunidad”.

Y según la Corte Constitucional, hay una mayor protección a las críticas de personajes públicos, especialmente cuando se traten de cosas como el “incumplimiento de un deber legal como ciudadano” o su “competencia y capacidades requeridas para ejercer sus funciones”. En Europa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dicho que las empresas que deciden competir en el mercado asumen la posibilidad de recibir críticas de los consumidores o de la prensa.

Cuestionar las cualidades morales de los bancos es un derecho ciudadano. La confianza del público en un banco no estaría reducida por las críticas sino por las razones que las causan. No se puede esperar que, como son importantes para la sociedad, deben estar exentos de críticas. Si fuera así, el gobierno, o el Fiscal General, podrían decir que su trabajo sería más eficiente sin la prensa o gente que critica o denuncia posibles actos de corrupción.

El Superintendente debería relajarse con Twitter

En 1958, el Tribunal Constitucional Alemán absolvió a un periodista que invitaba a hacer un boicot en contra de una película. El Tribunal Constitucional consideró, básicamente, que la libertad de opinión también incluye los efectos de lo que uno diga. Es decir, el crítico de cine tiene derecho a decir que una película es mala y a invitar a la gente a que no la vea. Esto es completamente aplicable en tiempos de Twitter. Que un trino tenga efectos sobre el público no debería ser una razón para castigarlo.

El superintendente dijo que los retweets de mensajes invitando a retirar plata del Grupo Aval también podrían caer en el delito de pánico económico. Pero esto es un poco exagerado. Esta misma semana, el TEDH dijo que usar enlaces en una publicación (como lo que es un retweet) no implica una adhesión. Se tiene que analizar el contexto. Las generalizaciones en este tipo de casos pueden llevar a censuras sobre gente que solo quería compartir un contenido.

Hace un par de años, un juez del Reino Unido tuvo que explicar cómo funcionaba Twitter para poder tomar una decisión de un caso en esa red social. Suena chistoso que un juez explique cómo funciona una mención, un hilo o un retweet, pero permite que no haya generalizaciones. Tal vez el superintendente podría pegarle una leída a lo que dijo el juez.

*@EmmanuelVP