Afros e indígenas: ¿se quedaron fuera de la implementación? | ¡PACIFISTA!
Afros e indígenas: ¿se quedaron fuera de la implementación?
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Afros e indígenas: ¿se quedaron fuera de la implementación?

Colaborador ¡Pacifista! - abril 10, 2017

OPINIÓN | El Ejecutivo no les consultó a las comunidades ni una sola de las leyes que ha aprobado el Congreso vía 'fast track'. Por Mireya Camacho

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En octubre de 2016, indígenas de distintas etnias participaron en las marchas con las que miles de ciudadanos pidieron continuar el proceso de paz con las Farc tras la pérdida del plebiscito. Foto: Santiago Mesa | ¡Pacifista!

Por Mireya Camacho Celis*

Poco antes de la firma del primer acuerdo de La Habana el 26 de septiembre de 2016, y como si se tratara de un asunto menor que puede dejarse para el final, el gobierno y las Farc acordaron un capítulo étnico con participación de representantes de comunidades indígenas y afrocolombianas.

A pesar de su corta extensión (dos páginas), esta parte del acuerdo tiene dos grandes conquistas. La primera: que la implementación debe hacerse respetando los derechos ya reconocidos a los pueblos étnicos. Y la segunda: que todo lo que pueda afectar los derechos de esos pueblos debe consultarse previamente con ellos. Todo esto, en teoría, abría una enorme posibilidad para las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y gitanas.

Para iniciar la implementación del acuerdo, el gobierno le presentó al Congreso varios actos legislativos y leyes vía fast track, el procedimiento que permite pasar proyectos en la mitad del tiempo normalmente previsto. Pero, ¿qué tanto han sido discutidas las propuestas legislativas relacionadas con las comunidades étnicas?

La primera ley del fast track, adoptada el 30 de diciembre de 2016, fue la de amnistía. Al respecto, no se discutió la aplicación del fuero indígena o si era procedente aplicarles tratamientos especiales a los indígenas que participaron en las hostilidades.

Así mismo, el pasado 28 de marzo fue aprobado el acto legislativo que crea la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos. La creación de estas entidades afectará directamente a estos pueblos étnicos, para bien o para mal. Entre los temas más complejos estará la relación que tendrá la JEP con la jurisdicción indígena. A pesar de que esto se sabía desde un principio, nadie lo consultó con los indígenas.

En trámite hay otros proyectos que tienen relación directa con los derechos de estos pueblos, como el que crea el sistema nacional de innovación agropecuaria, el que regula el servicio público de adecuación de tierras, el que crea el estatuto de la oposición política, y otros tantos sobre temas ambientales: la creación de bosques de paz y el pago por servicios ambientales, entre otros. Ninguno de ellos ha pasado por consulta previa.

La ruta de la consulta

El ministerio del Interior y la Mesa Permanente de Concertación Indígena acordaron el pasado 4 de febrero una ruta metodológica para la consulta previa de las normas que se requieren para implementar el acuerdo de paz.

Más de un mes después se reunió la Asamblea Nacional de Autoridades de la Organización Nacional Indígena de Colombia para socializar la ruta de este tipo de consultas previas exprés. La idea es que una vez el gobierno radique un proyecto ante la Mesa Permanente de Concertación, esta tendrá diez días prorrogables para discutirlo y aprobarlo. Si la consulta no se lleva a cabo, el gobierno no podrá presentar el proyecto ante el Congreso.

Pero todavía falta un paso. Para que la ruta arranque hace falta que se celebre un Congreso Nacional de Pueblos Indígenas, en el cual la idea es darles a conocer la ruta a los pueblos y recibir el mandato de sus autoridades. Esto puede ser una dificultad, no solo por los costos del encuentro o el tiempo que puede tomar, sino porque algunas comunidades indígenas no hacen parte de la Mesa Permanente y no querrán seguir este camino.

Pero la preocupación más grande es el tiempo, porque las comunidades solo tendrán diez días para hacer una revisión juiciosa de los temas. A la vez, también puede pasar que si el gobierno se salta la consulta la Corte Constitucional llegue a tumbar las normas aprobadas. Si después de cinco meses de implementación aún no se les ha consultado ni una sola vez a los pueblos étnicos sobre los temas que los afectan, ¿qué puede pasar con los proyectos que se aprobaron o se presentaron sin esta revisión?

Lo que se espera es que, en casos como los de la JEP y la ley de amnistía, la consulta previa concluya con un pronunciamiento sobre su contenido, aunque no es claro qué efecto tendría el procedimiento. Sobre las normas que están en trámite, se espera que los pueblos étnicos se pronuncien mientras la discusión esté abierta. Y sobre los proyectos que aún no se han presentado, se debería surtir el trámite consignado en la ruta metodológica descrita arriba.

Con todo, el riesgo es que la participación de los pueblos étnicos no tenga incidencia y se convierta en un saludo a la bandera.

* Abogada, doctora en Derecho, periodista en construcción.

** Este es un espacio de opinión. No compromete la posición de ¡Pacifista!