Iván Duque aún no firma la ley estatutaria de la JEP
¿Será que Duque se va a hacer el de las gafas con la firma la Ley estatuaria de la JEP? Iván Duque con el presidente de Alemania. Foto: Presidencia
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¿Será que Duque se va a hacer el de las gafas con la firma la Ley estatuaria de la JEP?

Staff ¡Pacifista! - febrero 13, 2019

Este martes, Frank Walter Steinmeier, presidente de Alemania, se reunió con los representantes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

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Para que los colombianos veamos a los máximos representantes de las Farc y a otros actores de la guerra en los tribunales, diciéndoles la verdad a las víctimas por los delitos que cometieron en el marco del conflicto, es indispensable que el presidente Iván Duque sancione la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Esta Ley es la base para que los magistrados de la JEP puedan actuar, dictar sentencias, llamar a juicio, ordenar investigaciones y poner en marcha la justicia transicional que fue pactada entre el gobierno y las Farc en La Habana.

Las leyes estatutarias, después de ser aprobadas por la Corte Constitucional, pasan al Congreso y después las sanciona el presidente. Cuando la Corte aprueba, lo que sigue es un proceso de trámite, en el que no suelen presentarse contratiempos. Pero esta vez no ha sido así.

El pasado viernes 8 de febrero, el Congreso no tramitó la Ley Estatutaria, supuestamente, por un error logístico. El presidente del Senado, Ernesto Macías –perteneciente al Centro Democrático– dijo que la Ley comenzó a revisarse el 20 de enero porque en diciembre los funcionarios “salieron de vacaciones”. Después, cuando la Ley estaba en la Cámara de representantes, los parlamentarios se dieron cuenta que había sido omitido el artículo 9, el cual reconoce los derechos de las víctimas. Esto sucedió, según Macías, por un error en la configuración de la impresora.

“El artículo 9 es muy importante porque dice que el objeto de la Ley Estatutaria de la JEP es proteger el derecho de las víctimas y apostarle a la construcción de paz, así como garantizarles la seguridad a quienes cumplan con las condiciones del sistema de justicia transicional”, dijo la congresista Juanita Goebertus. Que este artículo no apareciera retrasó un proceso que, una vez más, es de trámite, pues el Congreso ya había aprobado la Ley Estatutaria a finales de 2017. Ya en agosto de 2018 la Corte Constitucional había dado el aval.

Después de superar los “errores técnicos en las impresoras”, el Congreso por fin le envió la Ley a Iván Duque para que la sancione. Este sería el último paso para blindar a la Jurisdicción Especial para la Paz. Sin embargo, hay dudas sobre la decisión que tomará el presidente, pues fue él mismo quien prometió en campaña “modificaciones estructurales” al Acuerdo de Paz. La ministra de Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, dijo que no descarta la posibilidad de que el presidente objete la Ley Estatutaria y no la sancione, algo que sería inusual en la expedición y trámite de un tipo de Ley como esta.

Teniendo en cuenta que la Ley Estatutaria tiene más de 50 artículos – y la a sentencia de la Corte que la avala más de 900 páginas – Duque tiene un plazo de 20 días para decidir si la objeta o la aprueba. Desde el punto de vista jurídico es poco probable que el presidente opte por la primera opción, pues no existen antecedentes de una objeción de una Ley Estatutaria. En este momento, Duque no tiene argumentos para objetarla por inconstitucionalidad, pues la Ley ya surtió todos los trámites.

No obstante, sí la puede objetar al no considerarla pertinente y devolverla al Congreso, donde evaluarían la objeción. Hacerlo implicaría, además, contradecirse en el plano internacional, donde el gobierno ha manifestado que se la jugará por la implementación del Acuerdo de Paz.

De acuerdo con el artículo 166 de la Constitución, si después de 20 días el gobierno no aprueba la Ley, el presidente se verá en la obligación “de sancionarla y promulgarla”. La objeción de Duque podría ser una de las últimas cartas que podría jugarse el Centro Democrático para introducir los cambios que en el pasado no pudo hacerle a la JEP, como incluir 14 magistrados nuevos para diferentes salas de la jurisdicción o reforzar la carga de la prueba en los juicios para contrarrestar el contenido de las eventuales confesiones.

La comunidad internacional estará atenta a la decisión que tome Duque. En la tarde de este martes 12 de febrero, por ejemplo, Frank Walter Steinmeier, presidente de Alemania, se reunió con los representantes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, para hablar sobre los avances en la implementación del Acuerdo de Paz. En la rendición de cuentas, Patricia Linares, presidenta de la JEP, le dijo a Stenmeier que hasta el momento se han abierto cinco casos importantes, como el de secuestro, en el que hay 8.000 víctimas y 1.500 responsables de ese delito.

Según el embajador de Alemania en Colombia, Peter Ptassek, “en su primer viaje como presidente de Alemania, Frank-Walter Steinmeier, quiere reiterar su apoyo a los esfuerzos por la paz. Continúa con el compromiso de su último viaje a Colombia hace dos años como ministro de Relaciones Exteriores cuando inauguró el Instituto Capaz”.

¿Por qué es importante la Ley Estatutaria?

La Ley Estatutaria de la JEP aterriza todos los elementos que se acordaron sobre la justicia transicional en La Habana, desde las sanciones alternativas para los excombatientes de las Farc hasta las facultades de la jurisdicción en los casos de extradición. La  Sentencia C-080 de 2018, de la Corte Constitucional, declara que la Ley Estatutaria de la JEP está dentro del marco constitucional y avala las penas alternativas para los actores del conflicto armado que cumplen con el compromiso a satisfacer los derechos de las víctimas y los deberes para repararlas.

Señala que la JEP debe “satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia; ofrecer verdad a la sociedad colombiana; proteger los derechos de las víctimas; contribuir al logro de una paz estable y duradera; y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado interno”.

La Ley, como lo dice la sentencia, establece  que “un aspecto transversal de la JEP es su obligación de garantizar un enfoque de género y diferencial étnico, etario, por discapacidad, así como de otros sujetos de especial protección constitucional que han sufrido un impacto desproporcionado por causa del conflicto armado; así como los hechos que particularmente han afectado a estas poblaciones, como la violencia sexual”.

Con la Ley Estatutaria aprobada la JEP cuenta con autonomía administrativa y un régimen legal propio y un lapso de acción de 20 años. Además, queda clara su competencia para conocer y determinar la responsabilidad de los actores armados y la decisión sobre los terceros que voluntariamente quieran comparecer ante la jurisdicción. Los responsables de los hechos, como quedó escrito, deben comprometerse a no regresar al conflicto armado, así como a contribuir al esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas. Solo así podrán obtener un tratamiento penal y penitenciario especial, participar en política, suscribir contratos con el Estado y, en general, recibir amnistías.

En la Ley queda claro, además, que existirán delitos no amnistiables, como “la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores”.

En el tema de las sanciones – uno de los puntos más criticados por el Centro Democrático – la Corte avala lo acordado en La Habana: “Las sanciones no se cumplen en condiciones convencionales de privación de la libertad, sino que tendrán una efectiva restricción de derechos, esto es, no podrán salir de ciertos espacios territoriales fijados y deberán desarrollar un proyecto restaurativo autorizado por la JEP con participación activa de las víctimas”.

Esta es la columna vertebral de la justicia restaurativa. Está por verse entonces qué trato le dará Duque.