En un fallo de primera instancia, un juzgado señaló que la Universidad Javeriana le vulneró el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Juli Salamanca es un referente cuando se habla sobre la lucha de los derechos de la población LGBTI en las universidades colombianas. Su historia ha sido contada varias veces: es una mujer transgénero, tiene 25 años, estudia comunicación social en la Universidad Javeriana y fue una de las primeras personas que alzó la voz en contra de la discriminación que mujeres como ella tienen que enfrentar a diario en los campus universitarios.
Un ejemplo de su activismo, quizás el más conocido, es el de exigir baños para los estudiantes trans. En la mayoría de universidades no existen y Juli comenzó a luchar por estos espacios en la Javeriana. El baño, ese espacio íntimo, como ella lo demostró, puede convertirse en lugar que inspira miedo. En el baño de hombres le recriminaban, en el de mujeres también, incluso llamaban al personal de seguridad. Ella se quedaba suspendida, sin un espacio seguro. Afuera, en los otros lugares del campus, tampoco lo encontró. En las clases, algunos profesores la llamaban por el nombre que aparece en su cédula. En el gimnasio no le permitían compartir en los vestidores con las mujeres. En fin, no se sentía bien, ni siquiera segura, en ningún lugar del campus.
Hace unos días, el 24 de enero pasado, el Juzgado Quinto Penal Municipal de Bogotá falló en primera instancia una tutela que interpuso Juli Salamanca en contra la Universidad Javeriana por vulnerarle, según ella, los derechos a la educación y al libre desarrollo de la personalidad. Desde el 3 de noviembre de 2016, como lo relata la misma sentencia, Juli le solicitó a la coordinación de la Facultad de Comunicación el reconocimiento público de su nombre; Juli, a secas, así como el trato como mujer transgénero en la universidad. En un comienzo le pidieron que cambiara su cédula, petición a la que ella se negó, pues la Corte Constitucional ha reiterado que no es necesario que exista un cambio en el documento para que una persona sea reconocida como trans. El derecho al libre desarrollo de la personalidad está primero.
Para entender el caso de Juli Salamanca es crucial hablar sobre lo que pasó en los últimos dos años. En resumen: en enero de 2017 ella sufrió casos de discriminación en los baños de la universidad. Ese mismo mes radicó un derecho de petición para que la universidad creara espacios de sensibilización con profesores y personal de la institución. También pidió que públicamente se le reconociera como “Juli”, pero su solicitud no tuvo los efectos que ella esperaba. En febrero intentó, sin éxito, entrar en el espacio donde están los lockers de mujeres, en el centro deportivo de la universidad y el personal de seguridad no se lo permitió.
Juli se reunió con altos representantes de la Universidad, quienes le ofrecieron usar tres baños en el campus, para que, supuestamente, se sintiera más tranquila. En marzo, tres mujeres la insultaron por entrar al baño de la facultad de Arquitectura. Con esta situación, Juli se sintió angustiada, sin espacios, sin bienestar. Volvió a comunicarse con la universidad pero nada cambió. En enero de 2018 los vigilantes la intimidaron, cuenta, pidiéndole tres veces el carné en un lapso no mayor a 20 minutos. Ese mismo mes la Universidad le informó que haría un evento para “sensibilizar al personal de seguridad”. El 30 de enero por fin le entregaron el carné con el nombre “Juli Salamanca”, pero sin reconocer su identidad transgénero. Ella pidió que se cambiara su nombre en las listas internas de la universidad, tanto para profesores como para la comunidad académica en general. La Universidad no aceptó.
La Universidad Javeriana respondió ante el Juzgado que no tenía claro “cómo se identifica” Juli Salamanca, pues en algunos casos, alegaron, firmaba “Juliana Salamanca”. Por otro lado, frente al cambio de nombre en todos los listados internos dijeron que no se podía realizar porque “el Sistema de Información Universitaria contiene los registros del documento legal, en este caso, la cédula de ciudadanía”. Por otro lado, señalaron a que a Juli Salamanca se le “ha permitido y garantizado de manera amplia el acceso y la permanencia a la educación superior, permitiéndole continuar sus estudios de manera regular, como así se la garantiza a cualquier estudiante matriculado (las negrillas son mías) en la institución”.
La Personería de Bogotá emitió un concepto señalando que la identificación de género se manifiesta en la persona “sin importar la información que reposa en sus documentos oficiales. El reconocimiento del derecho a acceder al cambio de nombre o a la corrección del componente sexo no se constituye en el deber de realizar dicho trámite sin menoscabo del respeto y el reconocimiento de su identidad de género”. Por otro lado, la Defensoría del Pueblo fue clara y dijo que “la dignidad tiene un nexo inescindible con los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la autonomía y a la identidad personal, potestades cuyo ejercicio trasciende el plano individual, por eso sus manifestaciones públicas deben ser objeto de protección sin prejuicio de los límites que imponen los derechos de los demás y el mantenimiento del orden”.
Según el Juzgado, la Universidad Javeriana no ha vulnerado el derecho a la educación de Juli Salamanca, pues ha “desplegado acciones para garantizar la asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad”, como “capacitaciones de sensibilización”. Lo cierto, dice el la jueza Martha Saldarriaga, es que “Juli Salamanca Cortés se encuentra matriculada y ya inició la formalización de la matrícula para este semestre”. En todo caso, hizo énfasis en que la Universidad Javeriana “tiene la obligación de brindar a los estudiantes un trato acorde con su identidad de género (…) Juli Salamanca debe tener un trato digno, se debe atender el auto reconocimiento de ella y debe ser respetada de acuerdo a esa condición”.
La Universidad, dice el fallo, “no reconoció su condición de mujer transgénero, tanto en las listas de asistencia, como en los correos, exponiéndola a que fuera llamada por el nombre que no corresponde a su identidad, ni mucho menos a su condición, pues como quedó demostrado al no estar actualizado el sistema, se sigue presentando vulneración a su derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad”.
Al final, el Juzgado le “sugiere” a la Universidad que incluya al Centro de Asesoría Psicológica y Salud como apoyo para el caso específico de Juli salamanca. También sugiere que realice “charlas para la sensibilización del tema en la comunidad Javeriana y terceros vinculados”. Ordena, eso sí, que la Universidad actualice las listas, el correo y el carné de Juli Salamanca, “donde se reconozca su nombre identitario, respetando así su derecho al libre desarrollo de la personalidad”. También señala que, en caso de que lo necesite, Juli Salamanca debe tener las garantías para asistir a asesorías psicológicas.
Juli Salamanca nos dijo que impugnará esta sentencia, pues se queda corta frente las vulneraciones que ha vivido. “Con mi caso espero que podamos tener una reforma educativa para toda la población LGBTI. Que este caso llegue a la Corte Constitucional y tengamos, en un futuro ojalá cercano, una política pública LGBTI en todas las universidades del país”.
Los invitamos a ver la entrevista: