OPINIÓN | Un juez en Francia o un empleado de Google en España no deberían decidir qué podemos encontrar en Internet.
Por: Emmanuel Vargas Penagos*
En 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se inventó algo que es conocido como el ‘derecho al olvido’. Esta idea ha recibido muchas críticas porque afecta la libertad de expresión de la gente que publica en Internet y el acceso a la información de los usuarios de esa red. Hasta ahora, este derecho solo tiene efectos en la Unión Europea, pero hay personas que quieren que aplique en todo el mundo.
El derecho al olvido de la Unión Europea consiste en que cualquier persona puede pedirle a los buscadores web (como Google) que borren links que llevan a información “inadecuada”, “no pertinente” o “excesiva”. Las publicaciones originales siguen existiendo, pero no se pueden encontrar al escribir el nombre de esa persona en el buscador.
Desde 2014, Google ha recibido 764.259 solicitudes y esto ha llevado a que se oculten 2.941.545 links. Por ahora, Google solo borra información en el país desde el que se hace la solicitud. Pero la Commission Nationale de l’Informatique et des Libertės de Francia (CNIL) piensa que las peticiones de derecho al olvido deben tener efectos globales y, por esta razón, emprendió acciones legales contra Google. Es decir, esta entidad considera que se puede decidir desde la Unión Europea que determinada información no aparezca en los buscadores de ningún lugar del mundo.
El caso se encuentra en este momento en el TJUE. El 10 de enero, el abogado general de la Unión Europea, Maciej Szpunar, dijo que el TJUE no debería permitir que el derecho al olvido aplique en el resto del mundo. Spuznar considera que, si la Unión Europea aplica el derecho al olvido globalmente, hay un riesgo de que otros países les hagan lo mismo a ellos. Esto es favorable, pero hay casos, como el del 2014, en que el TJUE ignoró la posición del abogado general.
Cuando el TJUE se inventó el derecho al olvido en 2014, dijo que este no aplica cuando la persona interesada en que se borre su información tenga “un papel importante en la vida pública”. Esto serviría para que no se pierda información importante, pero no es tan fácil de hacer como de decir. Existen muchos grises: ¿Qué pasa con un excombatiente de bajo o mediano rango?, ¿Qué pasa con eslabones débiles de una cadena de corrupción?, ¿Qué pasa con criminales menores o personas que son absueltas por vencimiento de términos?
La respuesta a estas preguntas en la Unión Europea, según el TJUE, la debe resolver el buscador web. En Colombia es diferente. Según la Corte Constitucional, los buscadores no están obligados a borrar nada de los resultados de búsqueda. El que está obligado a hacer eso, en casos excepcionales, es el que publica la información.
La Corte Constitucional tomó esta decisión porque el derecho al olvido es muy peligroso. Google, Bing, DuckDuckGo y cualquier otra de estas empresas que se usan para buscar información en Internet no saben ni tienen por qué saber si una persona es o no es importante en la vida pública. Es muy fácil que saquen de circulación información que es de interés público.
La libertad de expresión es el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir ideas y opiniones. Y esto es lo que uno hace cuando usa un buscador. Muchas de las cosas que encontramos en Internet serían invisibles sin los buscadores. Borrar información de estas herramientas no debería ser un trámite cualquiera.
Si el TJUE sigue la postura del CNIL, pasaría por encima de lo que piensa la Corte Colombiana y sobre las leyes de otros países que también prefieren pensar diferente. Y esto es muy grave. Un funcionario de Google en la Unión Europea no debería decidir sobre qué información aparece en Colombia, el Salvador, Estados Unidos, El Congo, etc. ¿Se imaginan a estas personas en el otro lado del mundo decidiendo sobre una solicitud de los Nule, de ‘El Paisa’ o de ‘Chupeta’? Varias ongs, entre esas la Fundación para la Libertad de Prensa, intervinieron en este caso con este tipo de argumentos.**
Latinoamérica lleva un camino muy largo y tortuoso para la construcción de memoria de lo que pasó en los conflictos armados internos y en las dictaduras. La información que aparece en Internet es fundamental para esto, así lo han dicho personas como el relator especial para la libertad de expresión de la CIDH. El TJUE no tiene un plazo exacto, pero no suele demorarse más de seis meses después de la opinión del abogado general. Todavía estamos en riesgo de que una persona desde el otro lado del planeta nos borre la memoria.
**Emmanuel redactó la intervención de la Fundación para la Libertad de Prensa ante el TJUE