El Ministerio de Justicia radicó un proyecto de ley que busca, además, proteger los territorios y proteger defensores de derechos humanos.
Junto con una iniciativa que busca penas diferenciales para pequeños cultivadores de coca, el Ministerio de Justicia, en cabeza de Enrique Gil Botero, radicó este martes un proyecto de ley que pretende normalizar el sometimiento a la justicia de grupos y organizaciones criminales.
Los colectivos para quienes está diseñada esta ley son los Grupos Armados Organizados (GAO), que usan violencia contra las instituciones del Estado o la ciudadanía y los Grupos Delictivos Organizados (GDO), que cometen delitos para lucrarse. A los primeros pertenecen organizaciones armadas como las disidencias de las Farc, ELN, Clan del Golfo y EPL. A los segundos, bandas que operan localmente en diferentes municipios del país como ‘La Constru’, ‘Los Sotos’, ‘Los Pachenca’, ‘Los Giraldo’, ‘Los Botalones’, ‘La Empresa’, entre otras.
La norma propone el fortalecimiento de los procesos de investigación y judicialización contra estas organizaciones, el aumento de medidas punitivas en ciertos casos y las condiciones con las que sus miembros podrían someterse a la justicia y obtener rebajas de hasta la mitad de las condenas.
Si esta ley es aprobada, cabe aclarar, hará parte del sistema ordinario de justicia, con lo que los disidentes de la antigua guerrilla de las Farc, en caso de querer someterse a la ley y entregarse, tendrán que hacerlo por medio de esta norma y no de la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP) derivada del acuerdo con la guerrilla.
El plan también plantea puntos a favor de la protección de defensores de derechos humanos y de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial. ¡Pacifista! le explica cinco claves de este proyecto de ley, antes de que sea sometido a revisión y debates en el Congreso.
Protección a defensores de derechos humanos
Este proyecto de ley pretende que se castigue a las personas que amenacen a los defensores de derechos humanos: con una reforma al Código Penal, propone que quien atemorice o amenace por cualquier medio, con la intención de hacer daño, a una persona que ejerza actividades de promoción y protección de derechos, o a una organización dedicada a los mismos fines, incurrirá en prisión de cuatro a ocho años.
Lo mismo aplicaría en caso de que las amenazas estén dirigidas hacia algún familiar del defensor o hacia un servidor público.
Aceleración en procesos de investigación
Para mejorar el proceso de investigación de los procesos judiciales contra los GDO y los GAO, Minjusticia propone que los fiscales tengan un plazo máximo de seis meses para dar órdenes judiciales en investigaciones que requieran control judicial previo.
Ejemplos de acciones en las que se requiere este control previo, y que con esta ley se verían aceleradas, son el registro corporal minucioso y exámenes de ADN de imputados, búsqueda de información confidencial en bases de datos selectivas, métodos de identificación, allanamientos, interceptación de comunicaciones telefónicas y en internet, vigilancia o seguimiento y autorización para actuación de agentes encubiertos, entre otras.
También se plantea que el Consejo Superior de la Judicatura designe jueces de control de garantías que atiendan prioritariamente las diligencias relacionadas con los delitos cometidos por los GDO y los GAO. Estos jueces estarán capacitados para el tratamiento de los delitos propios de la delincuencia organizada.
Detección de riesgo futuro
Con el fin de establecer qué grupos delictivos de las categorías GDO y GAO –o qué miembros de estos– pueden representar un peligro de reincidencia en el futuro o qué grupos o individuos pueden no comparecer ante la justicia, se proponen salvedades legales que permitirían privar de la libertad a los miembros de las organizaciones.
Los criterios para determinar un posible riesgo futuro de estos grupos, añadidos al Artículo 224 de la Ley 906 de 2004, son: si el tiempo de existencia de la organización es superior a dos años; si esta cometió delitos de extorsión, secuestro, lavado de activos u homicidios; si tiene más de 15 miembros; si han actuado en dos o más departamentos o en zonas de PDET (ver el siguiente intertítulo); si fueron capturados en los dos últimos años por un delito doloso; si sus vícitmas fueron defensores de derechos humanos y poblaciones protegidas por la Constitución o si utilizaron menores de edad en los delitos que cometieron.
Defensa a los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)
Creados en 2015 por la Agencia de Renovación del Territorio, los PDET buscan fortalecer las zonas del campo colombiano más afectados por el conflicto y con más niveles de pobreza mediante procesos participativos de planeación, inversión en proyectos pequeños y fomento de alternativas de desarrollo económico diferentes a la producción de cultivos ilícitos. En el momento hay 170 municipios acogidos en estos programas.
El gobierno propone que a cualquier miembro, colaborador o testaferro de un GDO o GAO que obstaculice o dañe el avance de los PDET tendrá una pena en prisión de 4 a 6 años. También que quienes usen, vendan, almacenen, fabriquen e importen uniformes, insignias o medios de identificación de estos grupos en las zonas de los PDET tengan un aumento de la tercera parte a la mitad de la pena, que fuera de estos lugares está establecida para ser de 3 a 6 años en la cárcel.
De igual forma, para quienes fabriquen, trafiquen o porten armas de fuego, municiones y explosivos en las zonas de PDET, la ley propone que la pena sea de 1 a 4 años, y que esta se duplique cuando el arma esté relacionada con un delito, cuando se utilicen medios motorizados para su transporte, cuando quien la porta oponga resistencia en forma violenta a las autoridades y cuando se usen máscaras o elementos similares para ocultar la identidad de quienes las portan.
Intervención de víctimas
Otra propuesta relevante que hace el proyecto de ley es que, en el marco de la investigación a los grupos GDO y GAO y su judicialización, exista la posibilidad de que las víctimas de dichas organizaciones tengan un espacio de intervención. El texto justifica la intervención con el argumento de que de esta manera se les pueden garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, y dice que se debe hacer énfasis en las garantías de no repetición.