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Así será la implementación de los acuerdos de paz de La Habana
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Así será la implementación de los acuerdos de paz de La Habana

Staff ¡Pacifista! - agosto 25, 2016

Estos son los detalles de lo pactado en el punto seis del acuerdo final de paz firmado en Cuba.

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El Congreso tendrá la tarea de tramitar de forma prioritaria varias normas que quedaron definidas en el acuerdo final. Foto Presidencia de la República

Desde el inicio de las conversaciones de paz, el Gobierno y los Farc reconocieron que los retos de una salida negociada al conflicto no se agotaban con el cierre de las conversaciones. La implementación será la etapa que permita poner en práctica todo lo que, de momento, es apenas letra en el papel.

La agenda acordada antes de la instalación de la mesa de conversaciones destinó un espacio para discutir los términos del proceso que se pondrá en marcha una vez los colombianos se pronuncien en las urnas: la implementación.

Como lo explicó la Corte Constitucional, para que los acuerdos se implementen debe ganar el SÍ. A continuación, desglosamos los puntos clave del proceso que vendrá una vez se refrenden, probablemente, los acuerdos en las urnas.

La implementación parte de reconocer lo que en el acuerdo final fue denominado la “reciprocidad en el cumplimiento de las obligaciones aceptadas por las partes”. Para ello se creará una Comisión de Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias. Este organismo lo integrarán tres representantes del Gobierno y tres de las Farc -o del movimiento político que surja de la guerrilla-, y velará por el cumplimiento de los acuerdos, la resolución de diferencias, y el impulso y seguimiento a la implementación legislativa.

En los primeros cuatro meses después de su constitución, la comisión tendrá que elaborar un plan marco con una vigencia de 10 años que actuará como documento base para la implementación de los acuerdos. Según el texto, “contendrá el conjunto de propósitos y objetivos, metas y prioridades e indicadores, las recomendaciones de política y medidas necesarias para la implementación de todos los acuerdos, así como su priorización y secuencia -cronograma- e instituciones responsables”.

En ese plan se establecerá que, para los próximos dos periodos presidenciales, el Plan Nacional de Desarrollo tendrá que incluir un capítulo con el Plan Cuatrienal de Implementación de los Acuerdos.

Por otra parte, este punto del texto definitivo incluye mecanismos para que todos los niveles de gobierno (municipal o distrital, departamental y nacional) se involucren en el proceso de implementación.  De la misma forma, el acuerdo establece que se promoverá la participación del sector empresarial y de las organizaciones sociales y comunitarias.

Adicionalmente, se definieron los principios de transparencia que conducirán las inversiones. Para ello, el Gobierno creará mecanismos como mapas interactivos de seguimiento, rendiciones periódicas de cuentas, veedurías y observatorios ciudadanos y mecanismos especiales de denuncia.

La comisión tendrá también la tarea de adelantar la implementación prioritaria de algunos acuerdos que fueron definidos en el acuerdo final. Entre ellos se encuentra, por ejemplo, la definición las zonas en las cuales se implementarán inicialmente los 16 Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial y la delimitación de las circunscripciones especiales de paz.

Las prioridades legislativas

El acuerdo incluye un listado de proyectos que serán tramitados en el Congreso de manera prioritaria y urgente. Entre estos se encuentran la Ley de amnistía, el Acto legislativo de incorporación de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Ley de aprobación del acuerdo final. Esos tres proyectos se tramitarán de forma simultánea.

Además, las partes incluyeron en la lista  el Acto legislativo de incorporación del Acuerdo Final a la Constitución Política,  el Acto legislativo y normas de organización sobre la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Ley sobre la Unidad para la investigación y desmantelamiento de las organizaciones criminales (sucesoras del paramilitarismo), la reforma constitucional y legal sobre garantías y participación para el nuevo partido o movimiento que surja de las Farc y la Ley de tratamiento penal diferenciado para delitos relacionados con los cultivos de usos ilícito.

Otro elemento que llama la atención es que entre esas prioridades se incluye la suspensión de órdenes de captura de integrantes de las Farc o de personas acusadas de serlo y la suspensión de los procedimientos de extradición. Todo ello como un salvavidas que operará hasta la entrada en vigencia de la ley de amnistía y de la norma que prohibirá la extradición en el marco de la Jurisdicción Especial para la Paz.

El componente internacional

La implementación también tendrá un componente internacional compuesto por un delegado de cada uno de los países que durante el proceso fueron garantes o acompañantes: Cuba, Noruega, Venezuela y Chile. Además habrá dos vocerías de “notables” internacionales que serán elegidas una por las Farc y otra por el Gobierno. Además, habrá un componente técnico que los integrará el Proyecto del Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz de la Universidad de Notre Dame de los Estados Unidos.

Según el Gobierno, los delegados extranjeros tendrán como propósito “comprobar el estado y avances de la implementación, identificar retrasos o deficiencias, y fortalecer el proceso”. También, el acompañamiento internacional apoyará lo pactado con recursos económicos, técnicas y metodologías académicas, experiencias, monitoreo y buenas prácticas.

Además, en el elemento internacional, para la implementación se solicitará a las Naciones Unidas (ONU) una Misión Política que se encargará de revisar la reincorporación, y las medidas de protección y seguridad personal y colectiva de los guerrilleros que entren a la civilidad. La participación de la ONU empezará a actuar una vez termine el mandato del Mecanismo de Observación y Verificación del cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo, cuestión  esa última que hace parte del acuerdo de fin del conflicto.

La refrendación

Uno de los puntos más complejos de la negociación se resolvió con apenas un párrafo en el acuerdo final. Como se anunció el pasado 23 de junio, luego de las controversias por la pretensión de las Farc de un mecanismo más amplio y participativo, las partes acordaron acoger la decisión que tomara la Corte Constitucional sobre la exequibilidad de la ley que creó el plebiscito para la paz, la formula impulsada por el Gobierno. “En esa medida aceptamos el mecanismo de participación popular que la Corte indique y en los términos que este alto tribunal señale”. Con la decisión de la Corte, que se conoció días después de ese acuerdo, el mecanismo aprobado fue el del plebiscito.