#TomaElControl: pensar en el fin de la vida sin dramas, sin misterios | ¡PACIFISTA!
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#TomaElControl: pensar en el fin de la vida sin dramas, sin misterios

Colaborador ¡Pacifista! - mayo 18, 2018

El derecho a morir dignamente brinda tres opciones: el acceso a cuidados paliativos, a desistir de tratamientos médicos (eutanasia pasiva) y a acceder a la ayuda médica efectiva para poner fin a la vida.

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Muy joven para pensar en el fin de la vida, muy aliviado para pensar en la muerte. ¿Quizás no tanto? Vale la pena vivir con urgencia, al máximo, sabiendo que la vida es siempre finita. Sin duda la muerte va a llegar, el problema es que no sabemos ni cómo ni cuándo, por eso  es una buena idea tomar decisiones anticipadas.

¿Cómo así que la muerte digna es un derecho?

Colombia es uno de los países más avanzados —normativamente hablando— en términos de muerte digna, se podría decir que nos parecemos —en eso— a Holanda, Bélgica y Canadá. El derecho a morir dignamente hizo su debut en el año de 1997, con una sentencia de Carlos Gaviria Díaz, en la que la Corte elevó este novedoso tema a la categoría de derecho fundamental. No fue un logro menor. Dicha decisión llegó en un tiempo de vibrantes desarrollos constitucionales catalizados por la Corte Constitucional y por la Constitución Política de 1991.

La Constitución no dice nada sobre la muerte digna como derecho, pero la Corte, en un complejo ejercicio de argumentación constitucional, estableció que si nuestras normas protegían la vida, la dignidad humana, la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad; entonces nadie debía verse obligado a extender su vida innecesariamente, a sufrir, a esperar que la muerte simplemente llegara. Así, la posibilidad de acceder a ayuda médica para poner fin a la vida se inauguró como derecho de los colombianos.

La sentencia de 1997 fue como una gran explosión a la que siguió un largo silencio. Pocas cosas pasaron, el Congreso de la República no legisló sobre el asunto —a la fecha sigue sin hacerlo—; el Ministerio de Salud tampoco lo hizo. Diecisiete años pasaron hasta que en 2014, nuevamente la Corte reviviría el tema. Por una acción de tutela de muerte digna la Corte se da cuenta que la falta de regulación se había convertido en un gran obstáculo para que los ciudadanos pudieran ejercer el derecho a morir dignamente, el derecho fundamental que había emergido en 1997 había pasado una infancia y adolescencia en la oscuridad, en el miedo, en el letargo y en la inseguridad.

Nadie sabía cómo ejercerlo, cómo solicitarlo, los médicos no sabían cómo llevarlo a cabo, temían cometer un delito. La Corte ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social regular la materia en tiempo record, establecer un procedimiento para garantizar el derecho e indicar las responsabilidades a los actores del sector salud, para que la muerte digna dejara de ser un tortuoso camino.

El 2017 fue un año importante en términos de muerte digna. En ese solo año la Corte Constitucional  y el Ministerio de Salud y Protección Social abordaron las intersecciones de la muerte digna con la edad avanzada, con la depresión, con las cárceles, con los niños, con las personas en estado vegetativo, con los enfermos de cáncer. Como en muchos otros temas nuestros jueces de tutela han estado a la vanguardia, han sabido recibir las demandas sociales, producto de la inequidad y la inoperancia de quienes nos gobiernan, legislan y prestan los servicios públicos.

Hace menos de un mes, el Ministerio de Salud y Protección Social reguló el derecho a morir dignamente de los niños, niñas y adolescentes; prontamente deberá regular este mismo derecho para las personas en estado vegetativo o que no pueden manifestar su consentimiento. La muerte digna para personas con enfermedades crónicas que no son terminales, personas con Alzheimer, personas con discapacidad, extranjeros, entre otros siguen en el tintero.

… Tampoco es que cualquiera pueda solicitar la eutanasia, como si no hubiera mañana

El derecho a morir dignamente afirma la vida, la dignidad y la autonomía, no busca que las personas vean la muerte como la primera opción, o accedan a ella de forma desesperada, producto de la pobreza, la soledad, la tristeza o cualquier otra razón. En ningún caso las fallas en la prestación del servicio de salud o la falta de cuidado pueden justificar constitucionalmente el acceso a la muerte digna, esta debe ser producto de un acto de reflexión y autodeterminación que afirme la vida digna, no un acto de desesperación.

El derecho a morir dignamente brinda tres opciones complementarias: el acceso a cuidados paliativos, a desistir de tratamientos médicos (eutanasia pasiva) y a acceder a la ayuda médica efectiva para poner fin a la vida (eutanasia activa).

Es sencillo. Quien tenga una enfermedad en estado terminal, esto es una enfermedad grave que no se va a curar y que va a producir la muerte en un tiempo relativamente corto, tiene varias opciones que pueden ir sucediendo conforme trascurre el fin de su vida.

  • Primero, tiene el derecho a acceder a cuidados paliativos, es decir, a tratamientos que busquen aliviar el dolor, el sufrimiento, que provean acompañamiento psicológico, espiritual si así se desea.
  • Segundo, desistir de tratamientos y procedimientos ineficaces, que buscan alargar innecesariamente la existencia, que van a generar más dolor que remedio; a esta opción se le llama eutanasia pasiva, pues no produce directamente la muerte; es el típico “no le haga nada más, doctor”, “déjelo ir”.
  • Finalmente, las personas pueden acceder a la ayuda efectiva de un profesional de la medicina para poner fin a su vida en un día y hora específica, esta es la eutanasia activa, y se diferencia en que se busca evitar o parar el sufrimiento y el dolor poniéndole fin a la vida, en las demás opciones la muerte llega de manera natural, es la no tan típica “doctor, no lo deje sufrir, ayúdelo a irse” o “ya no tiene sentido seguir sufriendo, ayúdeme a morir”.

 

Para ejercer el derecho a morir dignamente a través de la eutanasia activa no solo hay que tener una enfermedad terminal, sino que esa situación debe causar dolores y sufrimientos intensos que hagan que la persona considere que su vida ha dejado digna de ser vivida. Lo más importante de este procedimiento es el consentimiento de la persona, es ella quien debe tomar la decisión, pues es su vida, su dignidad y su autonomía. Pero no basta solo decidir. Para que un profesional de la medicina pueda prestar una ayuda efectiva para morir de manera legal y sin cometer un delito, se debe desarrollar un procedimiento ante los Comités Científico-Interdisciplinarios que deben estar disponibles en nuestro sistema de salud.

El proceso ante los comités es fundamental, pues que la muerte digna sea un derecho, no significa que se pueda ejercer de cualquier modo, sin control ni restricciones. La vida —y también la muerte digna— deben ser estrictamente protegidas. Por eso nadie puede incitar o ayudar al suicidio de otra persona, ni siquiera un médico. La eutanasia activa solo es legal en Colombia cuando la practica un médico, previo agotamiento el procedimiento ante los comités mencionados, de lo contrario puede cometer un delito. Los comités son los llamados a  verificar el cumplimiento estricto de los requisitos y de garantizar los derechos fundamentales en el fin de la vida.

¡Muerte digna! Yo estoy muy joven y aliviado para estar pensando en eso.

Es una buena idea tomar el control, pensar, discutir y decidir sobre los deseos y la voluntad en el fin de la vida. Es una mejor idea hacerlo cuando somos jóvenes y estamos sanos, pues las urgencias médicas o los accidentes, cuando suceden, pueden no darnos el tiempo suficiente para decidir. Pero no solo hay que pensar en eso bajo el miedo que la muerte pueda estar a la vuelta de la esquina, pensar en el fin de la vida nos lleva a vivir con urgencia, a ser felices, a hacer lo que más nos gusta, a convertirnos en quien queremos ser, a estar donde queremos estar. La vida no es una carrera contra el tiempo, es una maratón en el tiempo, tiempo que a veces es largo, otras no tanto.

Es mejor estar preparados para algo que nunca sucedió, a que suceda algo para lo que no estuvimos preparados. Se puede solicitar de manera anticipada los cuidados paliativos, se puede desistir de manera anticipada de tratamientos médicos ineficaces que busquen alargar innecesariamente la existencia, se puede también manifestar la voluntad anticipada para que eventualmente un profesional de la medicina nos ayude a morir. Los documentos de voluntad anticipada son documentos escritos, autenticados ante notario público. A través de los documentos de voluntad anticipada las personas pueden manifestar sus deseos y decisiones en el fin de la vida, esto es importante porque no podemos estar seguros de estar en las condiciones físicas y mentales, al momento de la urgencia, la enfermedad o algún accidente para tomar las decisiones que queremos, ni tampoco podemos estar seguros de que nuestros familiares y médicos harán lo que nosotros quisiéramos.

Esto hay que hablarlo en la mesa del comedor

Pero no basta con firmar un documento de voluntad anticipada, llevarlo a la notaría y guardarlo. Las decisiones sobre el fin de la vida, sobre la muerte digna y la eutanasia, hay que llevarlas a la mesa del comedor. Hay que discutirlas con nuestra pareja, con nuestros padres, hijos, hermanos y amigos, mientras comemos, tomándonos un café o una cerveza.

Sin dramas y sin misterios debemos hablar de la muerte, de lo que queremos que suceda, pero también sobre lo que no queremos que suceda. Hablar de la muerte es hablar de la vida, de lo que nos hace felices, lo que nos da satisfacción, lo que nos hace querer vivir, lo que nos hace ser lo que somos. Hablarlo con quienes son más cercanos a nosotros, con nuestros familiares es fundamental, pues en muchos casos serán ellos quienes hagan valer nuestra voluntad, quienes nos asistan cuando no podamos hacerlo por nosotros mismos. Manifestar anticipadamente la voluntad sin duda va a ayudarles.

Puede no pasar o puedo no quererlo. Efectivamente no todas las personas van a acceder a la muerte digna a través de la eutanasia activa, pueden no necesitarlo, la muerte puede llegar sin dolor ni sufrimiento. También puede suceder que alguien no quiera que le ayuden a morir, por su situación de vida, por sus hijos, por sus proyectos, por su espiritualidad, en fin. La muerte digna, como casi todos los derechos, brinda posibilidades y opciones que así no queramos usar, si vale la pena conocer.

El Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) lanza el 19 de abril de 2018 #TomaElControl, una estrategia para conocer, ejercer y proteger el derecho a morir dignamente. Es una iniciativa digital que transforma la información jurídica en piezas sencillas para el público común y corriente —nosotros también somos personas comunes y corrientes—. Tenemos infografías, vídeos, preguntas y respuestas, y rutas para ejercer el derecho. En #TomaElControl encontrará información para tomar decisiones anticipadas y herramientas para garantizar el derecho a morir dignamente en Colombia. Visítenos, compártanos, sugiéranos contenidos, colabore con nosotros,  háblele de esto a sus personas más cercanas, tome el control.