¿Quién utiliza la paz para participar en política? | ¡PACIFISTA!
¿Quién utiliza la paz para participar en política?
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¿Quién utiliza la paz para participar en política?

Juan David Ortíz Franco - mayo 18, 2016

La Procuraduría dice que los funcionarios no deberían promover el plebiscito por la paz, mientras el presidente asegura que esa postura contradice la ley.

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La Corte Constitucional deberá decidir si le da vía libre al plebiscito para que los colombianos refrenden los acuerdos de La Habana. Foto: Archivo

“No puede habilitarse a los servidores públicos para deliberar y promocionar los acuerdos que se hayan realizado en La Habana, es decir, esto es una participación política. No puede este proyecto de ley estatutaria establecerlo sin que medie previamente una ley que permita a los servidores públicos ejercitar este tipo de acciones”.

La frase es de Martha Castañeda, viceprocuradora General. Se refiere al proyecto que regula el plebiscito para la paz, el texto que fue aprobado en noviembre de 2015 por el Congreso y que se encuentra en manos de la Corte Constitucional para que se pronuncie sobre su exequibilidad.

En concreto, la viceprocuradora se refiere a uno de los apartes del proyecto de ley que establece las reglas de ese mecanismo de participación que, de ser avalado por la Corte, sería convocado para que los colombianos se pronuncien a favor o en contra de los acuerdos de paz.

El texto que cuestiona la funcionaria dice que “los servidores públicos que deseen hacer campaña a favor o en contra podrán debatir, deliberar y expresar pública y libremente sus opiniones o posiciones frente al plebiscito para la refrendación” de los acuerdos.

En esa posibilidad está el centro de un debate en el que intervino el presidente, Juan Manuel Santos, diciendo que el Ministerio Público no puede prohibir lo que permite la ley. También lo hizo el propio procurador, Alejandro Ordóñez, pidiéndole al primer mandatario que no “dramatice” con el asunto.

“Señor procurador, usted no le va a prohibir a los funcionarios lo que la ley ya les permite en forma en explícita. Llamo a todos los funcionarios a que trabajemos como un ejército para sacar esta paz adelante”, dijo el presidente.

“Es un tema que el presidente no debe dramatizar, no debe crearse una tempestad en un vaso de agua. Si la Corte Constitucional está de acuerdo de que se participe en política por parte de los funcionarios públicos, perfecto”, respondió el procurador.

¿Los funcionarios podrían ser investigados?

La postura que defiende el presidente, según han dicho varios funcionarios del ejecutivo, se sustenta en la Constitución, que define la paz como “un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”.

Con esa idea coincide el senador del Polo Democrático Iván Cepeda, quien afirma que la Procuraduría se está extralimitando en sus funciones. “Discutir la paz y los acuerdos, hablar de paz y hacer pedagogía para que se acabe el conflicto y que Colombia pueda convertirse en una nación civilizada no solamente no riñe con las funciones de cualquier servidor público, sino que es un deber”, dice Cepeda.

El senador agrega que “la Procuraduría intenta lesionar el derecho a la paz de los colombianos” y que quien está participando en política con el tema de la paz es el propio procurador.

“Yo siempre he mencionado que, como decía Winston Churchill, hay dos tipos de políticos: unos que piensan en las próximas elecciones y otros que piensan en las próximas generaciones. El procurador es, claramente, de la primera categoría”, dijo Cepeda.

En cambio, Alfredo Rangel, senador del Centro Democrático, apunta que la Procuraduría no puede dejar de ejercer sus funciones de vigilancia y control de los servidores públicos por cuenta del argumento de que la paz es un valor supremo.

“La ley prohíbe a los funcionarios participar en campañas políticas. El plebiscito es un tema político y la prohibición está vigente para que se pronuncien a favor o en contra. [El de la paz como derecho y deber de obligatorio cumplimiento] es un argumento peregrino, porque entonces podría castigarse a quienes no participen en el plebiscito porque no estarían ejerciendo ese deber ciudadano. Argumentar un principio tan general no deroga las leyes que están regulando los plebiscitos, los referendos y otras instancias de participación”, dice Rangel.

En cuanto a la posibilidad de que sea el Ministerio Público el que esté participando en política, el senador del Centro Democrático dijo que “el procurador no está llamando a votar a favor o en contra del plebiscito, lo que está señalando es objeciones jurídicas de los acuerdos porque tiene entre sus funciones velar por la salvaguarda de la institución democrática y de los derechos humanos. Él está convencido de que muchos de esos acuerdos son violatorios de procedimientos constitucionales y de los derechos de las víctimas, y si no lo expresara estaría faltando a su deber”.

Sin embargo, la polémica, que se ha centrado en si los funcionarios que promuevan el plebiscito podrían ser investigados, en realidad obedece a una discusión jurídica que resolverá la Corte en su análisis sobre la constitucionalidad de la ley que regula el plebiscito.

Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, explica que en la actualidad no existe ningún proceso electoral en marcha y que no tendría sentido pensar en la posibilidad de que se investigue a un funcionario que se pronuncie sobre los acuerdos de La Habana o sobre la convocatoria al plebiscito.

lo que hacen y dicen los funcionarios tiene una visibilidad mucho mayor que la de quienes tienen una postura contraria

Sin embargo, dice que el escenario cambia una vez se haga esa convocatoria, pues a partir de ese momento el país sí estaría convocado a las urnas. Antes de que eso ocurra, será la Corte Constitucional en su evaluación del texto la que, a juicio de Barrios, tendrá que analizar con lupa una discusión compleja, pues se trata de un mecanismo de participación ciudadana y no de un proceso para elegir a quien ocupará un cargo de elección popular.  Además, a su juicio, es claro que en ningún caso los recursos del Estado se deberían poner al servicio de una u otra postura.

“En esos escenarios que son de participación ciudadana, que no son electorales, es muy difícil pretender que haya una postura que no sea promovida desde el ejecutivo. Lo que usualmente se hace es la creación de unos comités que deben mover el ‘sí’ o el ‘no’. En este caso, la Corte debe analizar el tema con mucho cuidado porque lo que defina puede terminar marcando el camino para otros mecanismos de participación y en todo caso debe promoverse un ejercicio muy juicioso de control para que los bienes del Estado no se pongan al servicio de una de las campañas”, dice Barrios.

Con base en esa idea, para la directora de la MOE es probable que la Corte declare inexequible el apartado del texto que permite a los funcionarios promover activamente una de las dos posturas: “A partir del momento de la convocatoria habría una prohibición expresa, no solamente en la Ley de Garantías Electorales, sino también en el texto constitucional, porque es muy difícil contrarrestar el poder de quienes tiene a las instituciones de su lado; lo que hacen y dicen los funcionarios tiene una visibilidad mucho mayor que la de quienes tienen una postura contraria”.

Entonces, desde su punto de vista, el papel de los funcionarios debería centrarse en hacer pedagogía de los acuerdos, en facilitar el acceso a los textos y explicar sus implicaciones. Lo demás, de acuerdo con las prohibiciones que hoy existen, estaría contrariando la ley. En todo caso, la última palabra sobre la posibilidad de que los empleados públicos conformen “un ejército” a favor de la paz la tendrá la Corte Constitucional.