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La ley Comala en Colombia: tierras sin hombres y hombres sin tierra
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La ley Comala en Colombia: tierras sin hombres y hombres sin tierra

Staff ¡Pacifista! - octubre 31, 2016

Análisis de Dejusticia sobre el proyecto de ley que impulsa el Centro Democrático para cambiar las condiciones de los baldíos.

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Los terrenos baldíos cumplen una función ambiental y social de gran relevancia.

Por Ana Jimena Bautista Revelo* y Diana Isabel Güiza Gómez**

“¿Ve aquella loma que parece vejiga de puercos? Pues detrasito de ella está la Media Luna. Ahora voltié para allá. ¿Ve la ceja de aquel cerro? Véala. Y ahora voltié para este otro rumbo. ¿Ve la otra ceja que casi no se ve de lo lejos que está? Bueno, pues eso es la Media Luna de punta a cabo. Como quien dice, toda la tierra que se puede abarcar con la mirada. Y es de él [Pedro Páramo] todo ese terrenal” (Pedro Páramo, Juan Rulfo).

La imagen que pintó Juan Rulfo de la Media Luna, aquella tierra abarcable con la mirada y de un solo hombre, la que muestra la injusticia de Comala, un pueblo donde muchos no tenían tierra para vivir ni trabajar, es la imagen que se produce y sigue siendo cotidiana en buena parte de nuestro país, y que hoy, en pleno siglo XXI, un proyecto de ley del Centro Democrático quiere enmarcar legalmente.

La acumulación de la tierra en pocas manos ha marcado la historia del campo colombiano. Una historia de pobreza, de abandono del Estado, de pérdida de la tierra lograda abriendo monte, de despojo por actores armados, de leyes que benefician a unos pocos y al statu quo; en últimas, una historia de ciudadanos que viven al margen de los derechos.

Estas cifras ilustran la problemática. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), para el 2015, la pobreza en el campo alcanzó el 44,7%. En la misma línea, la Misión para el Campo Colombiano advierte que, aunque la pobreza ha disminuido, no se ha logrado construir clase media en el campo y que esta población que pudo salir de la pobreza se encuentra en el grupo de lo que se conoce como “población vulnerable”, la cual tiene una alta probabilidad de caer nuevamente en la pobreza. De acuerdo con Ana María Ibañez y Juan Carlos Muñoz, para 2010, el 77.6% de la tierra estaba sólo en el 13.7% de los propietarios. El tercer Censo Nacional Agropecuario señala que sólo el 15.9% de los productores del campo tienen maquinaria para sus actividades agropecuarias. A esto se suman las cifras de despojo que oscilan entre 1.2 y 10 millones de hectáreas, según las estimaciones muy diversas de distintas fuentes.

Por la magnitud de estas injusticias, la tierra ha sido uno de los temas centrales para buscar soluciones al conflicto armado. De hecho, este es uno de los hilos conductores del acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc, como vía para terminar la violencia y transformar las condiciones de desigualdad y exclusión. Esos objetivos se expresan, en materia rural, en las medidas del punto 1 del acuerdo: Reforma Rural Integral, que no hace más que reforzar los deberes de la Constitución del 91.

Entre esos deberes, está la obligación del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra a los trabajadores agrarios y mejorar la calidad de vida de los campesinos. El Estado ha reservado parte de los baldíos, tierras de la Nación, como una de las herramientas para cumplir esos fines. Es así como los baldíos han sido el principal mecanismo de acceso a la tierra para campesinos. Frente a los fallidos intentos de reforma agraria, la adjudicación de baldíos ha sido la vía preferente para cumplir con ese mandato.

Según el INCODER, entre 1901 y 2014, el Estado entregó 566.806 títulos de adjudicación que suman 23,6 millones de hectáreas. Aunque ésta es una cifra significativa, la realidad revela que esas tierras, en buena parte, no permanecen en manos de los sujetos de reforma agraria, para quienes están destinadas por la Constitución. Las condiciones desiguales y de exclusión del campo han llevado a que quienes han logrado la adjudicación de baldíos tengan que venderlos por múltiples factores, como la falta de recursos para la explotación de esos terruños.

Foto: Cortesía de Patricia Ayala y de Prensa de ‘Un asunto de Tierras’

Los baldíos también cumplen una función ambiental y social de gran relevancia, como ocurre con las zonas amortiguadoras que protegen los parques nacionales naturales, y los playones, madre viejas y sabanas comunales, espacios destinados a actividades comunitarias como la pesca y la siembra colectiva de cultivos transitorios.

Contrario a garantizar esos propósitos, en los últimos días, la senadora del Centro Democrático Nohora Estella Tovar radicó el proyecto de ley 157 de 2016 Senado. Ese proyecto plantea al menos dos aspectos que generan enorme preocupación. El primer aspecto: tal propuesta permite que quienes ocupan indebidamente terrenos baldíos puedan adquirir su propiedad saltándose los requisitos hoy fijados por la Constitución. Ese proyecto, de un lado, abre la posibilidad a que personas distintas a los sujetos de reforma agraria adquieran baldíos, ya sea porque tienen un patrimonio superior a 1.000 salarios mínimos mensuales legales, o porque tienen otro predio rural. Y, de otro lado, sustituye la vía fijada para acceder a baldíos: permite la declaración judicial de prescripción adquisitiva cuando en estos casos se requiere la adjudicación del Estado.

La distinción de dichos mecanismos no es meramente un asunto de nombre de ley. Más que eso, responde a la esencia misma de los baldíos: como estas tierras hacen parte del patrimonio del Estado y no han salido de él, se presume que nadie puede ser propietario de ellas, a menos de que el Estado así lo decida porque así cumple el deber que tiene de promover que los campesinos superen las múltiples barreras que enfrentan para acceder a la propiedad de la tierra. La prescripción adquisitiva, por su parte, se sustenta en la idea opuesta: es una figura que, con ciertos requisitos, permite que particulares se hagan dueños de bienes de otros particulares, porque parte de la base de que el inicial dueño perdió sus derechos pues, de distintas maneras y con el paso del tiempo, mostró que no le interesa tener más esa propiedad.

Y el segundo aspecto: el proyecto pretende que se reviertan los pocos procesos en los que el Estado ha logrado recuperar baldíos que fueron titulados o que tenían apropiados quienes no tenían derecho.

De aprobarse, esta sería la ley Comala en Colombia. Por ella, el Estado tendría que reconocer la propiedad en situaciones irregulares como la del Porvenir, en Puerto Gaitán – Meta, donde, de acuerdo con el INCODER, la Ganadería la Cristalina, de propiedad de la familia Carranza y la familia Beetar, se apropió indebidamente de más de 25.000 hectáreas de terrenos baldíos. O revertir procesos de recuperación de baldíos como el de la antigua Hacienda Bellacruz, en el Sur del Cesar, en donde el INCODER declaró como baldías 1.200 hectáreas que estaban en manos del Grupo Agroindustrial Hacienda La Gloria S.A. del que son dueños, entre otros, el exministro Murgas y el empresario Germán Efromovich a través de diferentes empresas que son accionistas del Grupo Empresarial. Así lo ratificó la Corte Constitucional en Sentencia SU-235 de 2016

Este proyecto desconoce entonces que los baldíos cumplen funciones sociales, ambientales y de garantía de derechos de campesinos. Asimismo, es una iniciativa legal que atenta contra el patrimonio de la Nación y premia a quienes se saltaron las normas de acceso a la propiedad de baldíos.

Pero no sólo eso. Este tipo de iniciativas legislativas pretenden desarticular la negociación de paz entre el Gobierno Nacional y las Farc, con la aprobación vía Congreso de temas propios de la mesa de conversaciones de La Habana, con lo que se desconoce un principio mínimo que debería seguir la renegociación del acuerdo: que se reconozca el carácter de negociación de unas partes en conflicto armado que no han sido vencidas en la guerra. Además, en caso de aprobarse dicho proyecto dentro del Congreso, el Fondo de Tierras, el principal mecanismo de acceso a tierras contemplado en el acuerdo de la Habana se quedaría sin una de sus principales fuentes: los baldíos indebidamente apropiados u ocupados.

Frente a estas propuestas debemos salir en defensa de la Constitución y responder a los clamores de los habitantes del campo, quienes, con razón, se niegan a seguir siendo afectados por normas que pretenden reproducir la historia de Comala. Quienes siguen esperando “ser reconocidos como campesinos y campesinas porque hasta ahora somos hijos ilegítimos de este Estado. (…) Nos miran como bueyes de arado, productores de una riqueza que no disfrutamos. Estamos en vía de extinción”, como nos lo recordó Robert Daza, campesino nariñense, el pasado 15 de septiembre en la Corte Constitucional.

La Constitución está hecha para proteger los derechos de todos, sin distinción alguna. No podemos entonces permitir que se aprueben normas que benefician a unos pocos, a los mismos de siempre, a los terratenientes que han actuado de manera ilegal, y perjudica a los más débiles, a los que siempre pierden, a los campesinos y con ellos toda la sociedad.

*Investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y sociedad – Dejusticia

**Investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad- Dejusticia y profesora de la Universidad Nacional