¿Qué pasaría si en Colombia cualquier persona, en cualquier tiempo, pudiera discutir una elección por considerarla contraria a la ley?
Por Alejando Jiménez*
En 1953 Isaiah Berlin escribió El erizo y el zorro. Allí, a partir de este fragmento de un poema atribuido a Arquíloco, hace una caracterización de dos tipos de personas: los erizos, que piensan y relacionan todo con una visión única, un principio singular, universal y organizado a partir del cual todo en el mundo tiene sentido; y los zorros, que analizan distintos puntos de vista, persiguen diferentes fines de forma simultánea, a veces de forma contradictoria, siempre a partir de distintas experiencias, propias y ajenas. Así, clasificó como erizos a grandes figuras de la historia de la humanidad como Dante, Platón, Hegel, Nietzche o Proust; mientras que pensaba a Aristóteles, Montaigne, Goethe o Joyce como zorros.
El punto en el ensayo era explicar el razonamiento de León Tolstoi y, en general, de quienes dedican su vida a pensar y crear, los intelectuales y los artistas. Pero, como ocurre con las obras maestras, su fábula tomó vuelo propio y se instaló en la forma de entender el mundo de académicos, intelectuales y personas del común. Un ejemplo de eso es la investigación de Philip Tetlock sobre el análisis político y las predicciones. Tetlock analizó la fiabilidad de las predicciones de “expertos” en geopolítica, les preguntó si se consideraban erizos o zorros y concluyó, analizando los datos recabados, que los zorros eran mucho más precisos que los erizos al predecir resultados.
Algo similar se puede hacer en el derecho, especialmente sobre la forma en que los abogados y jueces piensan y deciden. El caso de la demanda en la que Dejusticia, la Comisión Colombiana de Juristas y Jorge Iván Cuervo pedimos la nulidad de la elección de Néstor Humberto Martínez Neira puede servir de ejemplo para explicarlo.
Cuando pensamos la demanda y la discutimos con colegas, el primer punto a abordar era aparentemente sencillo: en Colombia sólo se puede demandar una elección dentro de los treinta días siguientes a que ocurre. Si alguien presenta la demanda por fuera de ese tiempo, el juez que la conozca debe rechazarla por haber caducado. Néstor Humberto Martínez fue elegido en julio de 2016 y nosotros pensábamos demandar en enero de 2019. Obviamente, ya habían pasado los treinta días.
¿Qué pasaría si en Colombia cualquier persona, en cualquier tiempo, pudiera discutir una elección por considerarla contraria a la ley? Por un lado, nadie estaría seguro en su cargo y se pasaría más tiempo defendiendo su posición que haciendo su trabajo y, por el otro, la ciudadanía podría tomarse todo el tiempo que quisiera para demandar, aún sabiendo que las instituciones necesitan estabilidad y seguridad para funcionar correctamente. Para evitar eso el Congreso diseñó el mecanismo de la caducidad. Si nosotros, ciudadanos, queremos demandar una elección, tenemos que cumplir con una obligación: presentar la demanda dentro de un período de 30 días. Si no lo hacemos la ley nos castiga impidiendo que los jueces la estudien.
Un erizo, enfocado en la necesidad de garantizar estabilidad, seguridad jurídica y proteger los derechos de quienes se ganaron un cargo público, haría un único análisis en el caso del fiscal Martínez: (a) el fiscal fue elegido en julio de 2016, (b) para demandar esa elección se contaba con treinta días después de la elección, (c) la demanda fue presentada en enero de 2019, por lo tanto, (d) la demanda debe ser rechazada. Este es el razonamiento correcto en los casos fáciles, es el que garantiza estabilidad y seguridad jurídica y el que cumple los objetivos que tenía el Congreso cuando creó la norma.
Un zorro, por otro lado, revisaría distintas posiciones y puntos de vista y analizaría si hay otros fines y objetivos que también son importantes y que requieren un estudio más profundo. Así, podría proponer distintos razonamientos, por ejemplo: (a) el fiscal fue elegido en julio de 2016, (b) para demandar esa elección se contaba con treinta días después de la elección, (c) la demanda fue presentada en enero de 2019, pero, (d) los demandantes no sabían que podían demandar, porque el fiscal ocultó la información que podrían utilizar, por lo tanto, (e) este es un caso especial y no se debe rechazar la demanda. Allí tendría en cuenta que además de la necesidad de estabilidad y seguridad jurídica hay cuestiones relacionadas con el acceso a la justicia de la ciudadanía, la falta de transparencia de quien se benefició de la elección y ahora se beneficiaría de la caducidad, la sanción que le impondrían a quienes no podían haber actuado distinto, la falta de otro mecanismo para discutir una elección bastante discutible, entre otras.
Una persona puede ser erizo, puede ser zorro, puede ser ambos o puede dejar de ser uno y convertirse en el otro. En la mayoría de casos, lo que necesita la sociedad colombiana es un erizo. Alguien que tenga clara la norma pertinente para un caso y la aplique en aras de mantener el Estado de derecho y garantizar que todas las personas sean juzgadas bajo las normas expedidas por un Congreso que, en teoría, las representa. Pero en ciertos casos, en los especiales y difíciles, lo que necesita la sociedad colombiana es un zorro. Alguien que mire diferentes opciones, analice los casos desde distintos puntos de vista y entienda las necesidades de actuar de forma razonable y proporcionada, así implique interpretar la norma de una forma distinta a la regla general. Un Estado sensible a las necesidades de justicia de sus ciudadanos y basado en el respeto a la legalidad necesita jueces y abogados que normalmente sean erizos, pero que entiendan que ser zorro a veces es necesario y legítimo.
PS: Una aplicación extraordinaria de la clasificación de Berlin la pueden encontrar en On Grand Strategy de John Lewis Gaddis. Otra forma de utilizarla está en Justicia para Erizos de Ronald Dworkin, mucho menos explícita al respecto.
* Investigador de Dejusticia