La justicia internacional está cerca de fallar sobre la responsabilidad del Estado en violaciones contra los derechos humanos en las cuestionadas operaciones Orión y Mariscal en Medellín. ¡PACIFISTA! habló con María Victoria Fallon, abogada de las víctimas.
En cerca de ocho meses se conocería la primera decisión de una corte internacional sobre la presunta responsabilidad del Estado colombiano en violaciones a los derechos humanos durante el desarrollo de las operaciones Orión y Mariscal que se adelantaron entre mayo y octubre de 2002 en la comuna 13 de Medellín.
El pasado viernes 26 de junio se desarrolló en la Corte Interamericana de Derechos Humanos la audiencia en el marco del proceso que ese organismo adelanta por la detención administrativa y las amenazas que sufrieron cinco lideresas durante esas operaciones. Intervenciones militares que fueron coordinadas, entre otros, por el general (r) Mario Montoya, quien para entonces era el comandante de la Cuarta Brigada del Ejército.
El avance de ese proceso en la Corte IDH se conoce pocos días después de que se anunciara la citación de Montoya por parte de un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia. Esa diligencia está programada para el próximo 16 de julio y en ella, el exembajador de Colombia en República Dominicana tendrá que resolver las inquietudes de la Fiscalía ante las acusaciones que lo relacionan con el escándalo de los falsos positivos.
En medio de ese caso, que se destapó en 2008, Montoya dejó la comandancia del Ejército, cargo que ejerció durante dos años y nueve meses en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Pero esa citación no es la primera que debe enfrentar. Antes tuvo que ofrecer su versión sobre la falsa desmovilización del bloque Cacica La Gaitana de las Farc y responder por sus supuestos vínculos con grupos paramilitares.
La investigación de la Corte IDH, sin embargo, aborda la responsabilidad del Estado y no la de una persona en particular, aunque el nombre del general permanece en el centro del debate debido a declaraciones como la del extraditado jefe paramilitar, Diego Fernando Murillo Bejarano, alias “Don Berna”, quien en 2009, en una carta dirigida a la corte del Distrito Sur de Nueva York, aseguró que sus hombres, agrupados en el bloque Cacique Nutibara, “llegaron a la comuna 13 como parte de una alianza con la Cuarta Brigada del Ejército”.
María Victoria Fallon, integrante del Grupo Interdisciplinar de Derechos Humanos y abogada de las víctimas en el proceso, habló con ¡PACIFISTA! sobre ese caso y la presunta responsabilidad del Estado en violaciones de derechos humanos durante las operaciones militares de 2002 en la capital de Antioquia.
¿Cuál es el caso que investiga la Corte IDH en relación con lo ocurrido en 2002 en la comuna 13?
El caso que se está conociendo en la Corte es el de cinco lideresas de la comuna 13, defensoras de derechos humanos, que sufrieron diferentes violaciones. Tres de ellas fueron detenidas por vía administrativa bajo el decreto de estado de excepción que declaró el presidente Álvaro Uribe Vélez. Simultáneamente, fueron amenazadas dos lideresas más. Todas ellas eran miembros de juntas de acción comunal de La Loma, de las Independencias y de una asociación de mujeres.
¿Qué consecuencias tuvieron esas amenazas para esas mujeres?
Todas fueron desplazadas después de las operaciones militares de 2002. A dos de ellas las despojaron de sus casas hasta el punto de quitar ladrillo por ladrillo. Además, tres de ellas estuvieron detenidas 11 días, en un primer momento se desplazaron, pero luego regresaron a sus casas. Las siguieron amenazando hasta que en 2004 asesinaron a Teresa Yarce. Por eso la Comisión Interamericana agrupó todo en un solo caso que se conoce como Teresa Yarce y otras
¿Por qué ese caso llega a organismos internacionales?
En diciembre de 2013 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington sacó un informe de fondo en el que consideró que el Estado es responsable por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad y otros de esas personas, y le dio un plazo de seis meses para que cumpliera con unas recomendaciones. Como se venció el término y el Estado no mostró intenciones de cumplir, en junio de 2014 la comisión tomó la decisión de presentar demanda ante la corte.
¿Cuál fue la posición que llevaron las víctimas a la audiencia?
Que la Convención Americana le da a los estados la facultad de suspender algunos derechos que están reconocidos en la Convención en caso de guerra o de conmoción interior, pero algunos de esos derechos quedan excluidos de la posibilidad de ser restringidos. Por ejemplo: es posible que en un estado de guerra un gobierno pueda hacer ciertas restricciones a la libertad de expresión a través de medios de comunicación, que haga limitantes al derecho de circulación y residencia, como se hace con los toques de queda. Pero hay otros imposibles de suspender como el derecho a la libertad personal y a la vida, las torturas tampoco son admisibles.
Pero, además de lo que tiene que ver con las detenciones, ¿es posible responsabilizar al Estado por las amenazas y el asesinato de Teresa Yarce?
El Estado colombiano es responsable porque las operaciones que se realizaron en el año 2002, que supuestamente tenían como propósito entrar a controlar el orden púbico no cumplieron esa función sino que allanaron el camino para la entrada de los grupos paramilitares a la comuna 13. Tras la desmovilización el Estado no tomó la medidas para garantizar el control de los desmovilizados que siguieron actuando, es un hecho público que los desmovilizados de la Corporación Democracia tuvieron procesos por seguir delinquiendo.
¿Y cuál es la tesis del Estado para defenderse de esa acusación?
La respuesta del Estado es que los órganos internacionales solo pueden ser utilizados de forma subsidiaria, que la justicia colombiana cumplió su función y que efectivamente declaró inexequible ese decreto. Por lo tanto no podría operar la justicia internacional.
Pero es cierto que la Corte Constitucional se pronunció sobre ese decreto de estado de excepción, ¿aun así es competente una corte internacional?
La Corte Constitucional declaró inconstitucionales los decretos de estado de excepción, pero su decisión no tuvo el alcance que podría haber tenido para subsanar las violaciones. La Corte tenía facultades para haber declarado la inexequibilidad de manera retroactiva y no lo hizo porque se habrían caído no solo las detenciones administrativas de estas señoras sino las 351 que se hicieron en la comuna 13 durante los primeros tres días de la operación.
¿Cuál es la responsabilidad que recae sobre el general (r) Mario Montoya por este caso?
Él era el comandante de la Cuarta Brigada y distintos postulados han declarado que la operación fue coordinada entre esa brigada, la Policía y paramilitares al mando de “don Berna”. Pero hay que aclarar que la Corte no se va a pronunciar sobre Montoya, Gallego (comandante de la Policía Metropolitana de Medellín para el momento de la operación Orión) o “don Berna”. Lo que analiza es la responsabilidad del Estado.
¿Cómo ha sido el proceso y qué sigue en el trámite ante la Corte IDH?
Esa del 26 junio es la única audiencia en el proceso. Primero hubo un procedimiento escrito que incluye la demanda, las contestaciones del Estado, nuestras observaciones, nos dieron traslado a todas las partes para presentar testigos y pruebas y luego se realizó la audiencia pública. Lo que sigue es un alegato de cierre y de conclusión por escrito. Para llegar a este punto han trascurrido 10 años y todavía faltan cerca de seis a ocho meses para conocer una decisión.