Opinión | Esta medida busca favorecer a los pequeños cultivadores para que no vayan a la cárcel.
Por Lucía Ramírez Bolívar*
Este artículo es producto de la alianza entre ¡Pacifista! y Dejusticia.
Desde hace varios días, campesinas y campesinos se movilizan en varios departamentos del país para exigir que se cumpla lo pactado en el acuerdo de paz, en particular lo acordado en el punto cuatro en relación con la sustitución de cultivos de uso ilícito.
Una petición clave de las comunidades es el tratamiento penal diferencial: una medida que busca favorecer a los pequeños cultivadores y cultivadoras para que no sean encarcelados, siempre y cuando formen parte de los planes de sustitución.
Esta era una de las prioridades legislativas del acuerdo, pero el Ministerio de Justicia solo hasta el pasado martes 24 de octubre presentó ante el Congreso un proyecto de ley. Esto deja muy poco tiempo para su trámite a través de fast track.
Cómo hemos venido sosteniendo desde Dejusticia y el Grupo GPAZ, el tratamiento penal diferencial es una medida urgente y necesaria para avanzar en lo relativo a los cultivos de uso ilícito. Por eso, el Congreso debe priorizar su trámite.
La medida permite a las comunidades comprometerse a sustituir sus cultivos sin temer ser criminalizadas y da a las autoridades las garantías legales para negociar los acuerdos de sustitución. Con la reforma, el Estado reconoce que la cárcel no es la respuesta más adecuada a quienes se han involucrado en esta actividad a causa de la pobreza y la falta de oportunidades en sus regiones. Y así, en cambio, puede dirigir sus esfuerzos a judicializar las grandes organizaciones delictivas que controlan las redes de tráfico.
Fracasados hasta hoy
En Colombia hasta hoy la principal estrategia para luchar contra las drogas ha sido la criminalización y el encarcelamiento. Pero las estadísticas muestran que esta política ha fracasado al no lograr desmantelar los mercados ilegales.
En 2015, el negocio del narcotráfico obtuvo ganancias por 12,4 billones de pesos y una rentabilidad de 260 por ciento. Esto se debe, en parte, a que las políticas de drogas se han enfocado en la persecución de los niveles primarios de la economía del narcotráfico. Es decir: a perseguir a quienes cultivan, transportan y consumen drogas. En 2014, por ejemplo, había cerca de 23.141 personas en prisión por delitos de fabricación, tráfico y porte de drogas. Solo 244 lo estaban por el delito de lavado de activos.
El proyecto de ley propone que las personas con pequeños cultivos puedan acceder a beneficios como la libertad provisional, dependiendo de si tienen o no investigaciones penales en curso o si ya están condenadas.
También establece penas diferenciadas dependiendo de la extensión del cultivo y del tipo de planta. Por ejemplo, quienes tengan un cultivo de máximo 3,8 hectáreas de coca o 0,3 hectáreas de amapola y no se acojan al tratamiento penal diferencial podrán enfrentar penas de entre uno y cuatro años. Hoy oscilan entre ocho y dieciocho años, sin importar la extensión del cultivo y la relación que se tenga con el mismo.
En 2014, por ejemplo, había cerca de 23.141 personas en prisión por delitos de fabricación, tráfico y porte de drogas. Solo 244 lo estaban por el delito de lavado de activos
Este ha sido un tema controversial desde hace varios meses.
La demora para presentar el proyecto se dio entre otras cosas por las críticas presentadas desde la Fiscalía General de la Nación. De acuerdo con el fiscal general Néstor Humberto Martínez, la medida beneficiaría no solo a los pequeños cultivadores sino también a personas con cultivos industriales y a financiadores, los cuales, según él, recibirían rebajas de penas hasta de 80 por ciento.
Pero estas interpretaciones no corresponden a lo que establece el proyecto de ley.
Para empezar, el tratamiento penal diferencial beneficiará únicamente a los pequeños cultivadores que cumplan con los requisitos estrictos para acceder a este beneficio: no pertenecer a organizaciones criminales o armadas, no haber cometido otros delitos, firmar un acta de compromiso de no reincidencia y estar inscritos en el programa de sustitución de cultivos.
Quienes se acojan a estos beneficios tendrán un año para manifestar su interés, y la Dirección de Sustitución verificará que no hayan vuelto a cultivar. Si incumplen, pierden los beneficios adquiridos. Por otro lado, quienes tengan cultivos de mayores extensiones a las establecidas tendrán penas de entre cuatro y diez años. Quienes los financien podrán ir a la cárcel entre nueve y quince años y no recibirán beneficios penales.
Algunos sostienen que la dimensión que se usará para definir los pequeños cultivos es mucho mayor que la que tienen la mayoría de familias. Sin embargo, los criterios que el Gobierno propone están basados en una metodología construida con varias instituciones que evidencian que la productividad de los cultivos de uso ilícito depende del tipo de planta y de la región en cual se encuentren.
En Putumayo y Caquetá se requieren 3,83 hectáreas para ganar los 336.273 pesos mensuales que en promedio sostienen a una familia de cinco personas. De ahí que el análisis no se pueda limitar únicamente al número de hectáreas.
El proyecto de ley presenta algunos vacíos (falta definir bien los criterios para determinar el incumplimiento por parte de las personas beneficiadas y las medidas de enfoque de género), pero la propuesta del Gobierno es un paso importante. No solo para asegurar la sostenibilidad de la sustitución voluntaria de cultivos, sino también para replantear el enfoque castigador de la política de drogas.
Es urgente que el Estado reconozca que los campesinos y las campesinas cultivadoras no son los victimarios en la guerra contra las drogas.
* Investigadora de Dejusticia @aydalucia
** Este es un espacio de opinión.