La Corte Constitucional tuvo que ponerse la diez por los líderes sociales | ¡PACIFISTA!
La Corte Constitucional tuvo que ponerse la diez por los líderes sociales
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La Corte Constitucional tuvo que ponerse la diez por los líderes sociales

Juan Pablo Sepúlveda - julio 4, 2018

Desde ahora, la Unidad Nacional de Protección tiene hasta 30 días hábiles para responder una solicitud de seguridad. 

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Foto: Sara Gómez

Esta semana, la Corte Constitucional le hizo un llamado urgente a la Unidad Nacional de Protección (UNP) para que, de ahora en adelante, sus respuestas a las solicitudes de protección que vengan de personas que se dediquen al liderazgo social, a la protección de los derechos humanos y a la promoción de paz en los territorios sean más rápidas y oportunas de lo que vienen siendo. La violencia contra los líderes está disparada, desde el 23 de junio a la fecha hemos registrado el homicidio de 10 de ellos en nuestro contador. Tristemente, ya son 99 los asesinados desde que comenzó la implementación del Acuerdo de Paz entre el Gobierno y las Farc.

La UNP es la entidad que está encargada de hacer la coordinación e investigación de personas que hagan una solicitud de protección por su nivel de riesgo y, de constatarse este riesgo, también son quienes deben prestar el servicio de seguridad a estas personas, y disponer el personal y los vehículos que se requieran.

Pero además de los problemas burocráticos y de trámites que presenta esta entidad para incluso determinar si una persona está en condición de riesgo, la UNP ha tenido demoras para responder las solicitudes, y esto se vuelve grave en un contexto de constante amenaza y atentados contra líderes sociales.

El alto tribunal comunicó que no acepta los retrasos para la entrega de respuestas a solicitudes de evaluación de riesgo, y que la UNP debe actuar “de manera proactiva, sin dilaciones injustificadas que pongan en riesgo la vida, la integridad física, la libertad, y la seguridad personal de las y los solicitantes”. Desde que se presente una solicitud de evaluación de riesgo, la UNP tiene un plazo de 30 días hábiles para realizara y para hacer una recomendación de medidas de seguridad por parte del Grupo de Valoración Preliminar del organismo.

Este pronunciamiento se dio como una respuesta a una tutela presentada en junio de 2017 por una persona (cuya identidad no se revela por motivos de seguridad) que trabaja con excombatientes de las Farc como director del Programa de Paz Territorial, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en un municipio en donde en este momento hay un Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR).

El demandante, por el riesgo que representa su ocupación y el territorio donde la desempeña, solicitó una evaluación de riesgo para que la UNP tomara con él medidas de protección, pero la respuesta de la entidad llegó cuatro meses después de haber sido presentada la solicitud. Esta demora, para la Corte Constitucional, “implicó un incumplimiento por parte del Estado en su deber de garantizar su protección y la de su familia, y trasgrede lo establecido en los Acuerdos de Paz”.

Recordemos que en el Acuerdo de Paz el Gobierno Nacional se comprometió a “implementar las medidas necesarias para intensificar efectivamente las acciones contra organizaciones y conductas criminales que amenacen o atenten contra personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz”, como lo es en este caso la persona que presentó la tutela contra la UNP.

La Corte, además, señaló que la “respuesta del Estado colombiano para prevenir los ataques en contra de defensores de derechos humanos debe ir más allá de la protección brindada por la UNP”, y que se debe constituir de forma integral la prevención de estos actos delictivos.  debe constituirse de manera integral la prevención de dichos actos delictivos”.