En momentos en que el proceso de paz se encuentra estancado por la falta de un modelo de justicia que deje satisfechas a ambas partes, PACIFISTA analiza si el delito de rebelión aún es aplicable a los guerrilleros y si es posible perdonar sus crímenes en nombre de este ideal
Por: Esteban Montaño
La rebelión consiste en tomar las armas para transformar un régimen que se considera injusto. Esta idea, que es considerada como un derecho legítimo de los pueblos, fue la que impulsó el nacimiento de las más de 15 guerrillas que han actuado en Colombia desde mediados del siglo pasado. La mayoría se desmovilizaron y se reintegraron a la sociedad, pero dos de ellas, Las Farc y el ELN, siguen vigentes y en proceso de concretar su conversión en actores políticos civiles.
Pero esto no es tan fácil como suena. Entre otras razones, porque en cincuenta años de guerra frontal contra el Estado son varios los delitos que estos grupos han cometido, según ellos, persiguiendo un propósito supuestamente altruista. Secuestros, atentados, masacres y narcotráfico son algunas de las conductas que una gran parte de la sociedad les reprocha y que, en la opinión de muchos, les quita su carácter político y los convierte en simples delincuentes.
En vista de este complejo debate, ¡PACIFISTA! buscó a dos ex guerrilleros que fueron beneficiados con las amnistías de los años 90 para preguntarles si estos grupos deben considerarse todavía como actores políticos y cuál debería ser la salida jurídica para que puedan dejar las armas y reincorporarse a la vida civil. Ellos son Álvaro Villarraga, antiguo miembro del EPL y actual director de los Acuerdos de la Verdad del Centro de Memoria Histórica, y Éver Bustamante, ex combatiente del M-19 y hoy senador por el partido Centro Democrático.
Según Villarraga, el surgimiento de las guerrillas se dio en un contexto de exclusión política y de inequidad social que en su momento justificó el alzamiento en armas por parte de los rebeldes. “Desde entonces han mantenido programas políticos y se han aglutinado alrededor de una visión del poder. Independientemente del acuerdo o el desacuerdo con ellas, no se puede negar que las guerrillas colombianas tienen una postura sobre lo que debe ser la sociedad”.
No obstante, Villarraga dice que también es innegable que han estado comprometidas en violaciones graves al derecho internacional humanitario y en actividades delincuenciales que son totalmente reprobables y que, de paso, ocasionan el rechazo de la sociedad. “Pero eso no quita su carácter rebelde porque, en lo fundamental, estos grupos han dirigido una acción de enfrentamiento contra el Estado y no contra la población civil, como es el caso de los paramilitares o de los bandas criminales”.
Bustamante concuerda con Villarraga en que en Colombia existieron muchas motivaciones para levantarse en armas contra el sistema. “El nacimiento del M-19 es la expresión típica de una rebelión ante la imposibilidad de que los ciudadanos participaran en la democracia”. Sin embargo, el hoy senador uribista cree que las Farc no deben considerarse rebeldes porque su intención no es mejorar el sistema político existente, sino derribarlo para construir un régimen comunista que ya se ha demostrado incapaz de solucionar los problemas que aquejan a la sociedad.
Aun así, Bustamante acepta “en gracia de discusión” que las Farc tienen unas motivaciones políticas, pero se resiste a pensar que puedan salir completamente impunes del proceso en La Habana. “Ellos han cometido una serie de delitos muy graves que a la luz del derecho nacional e internacional son castigados con rigor. Por eso tienen que entender que deben someterse a la justicia y pagar alguna pena, así sea en condiciones más ventajosas que el resto de los colombianos acusados de esos mismos crímenes”.
Aunque Villarraga coincide en que el modelo de justicia para las Farc debe contemplar penas para los responsables de delitos graves, también opina que es necesario que se abra un debate sobre las múltiples responsabilidades en el desarrollo del conflicto armado. “Todos estamos de acuerdo en que los actos de la guerrilla son censurables, pero hay que pedirle cuentas a los gobernantes, a los empresarios y a los militares sobre sus acciones en la guerra. De lo contrario va a ser imposible que los guerrilleros se vayan solos a la cárcel y que el resto siga tranquilo como si nada hubiera pasado”.
Así las cosas, parece claro que el estatus político de las Farc y el ELN está fuera de discusión. A pesar de las voces que se niegan a aceptarlo, el hecho de que las primeras estén sentadas con el gobierno desde hace dos años negociando el fin del conflicto y de que los segundos estén en diálogos exploratorios con el mismo objetivo, es prueba suficiente de ese reconocimiento. El verdadero problema radica en conciliar esta condición con el rechazo que generan en parte de la sociedad y, sobre todo, con los complejos obstáculos jurídicos que se interponen en su paso hacia la civilidad.
Definición técnica
La rebelión es uno de los tres delitos políticos contemplados en la legislación colombiana y se refiere a aquellas conductas que atentan contra el régimen constitucional y legal con el fin de subvertirlo o cambiarlo. Los otros dos son la sedición y la asonada.
Los delitos políticos gozan de un especial tratamiento constitucional, pues se supone que sus perpetradores están guiados por ciertas motivaciones altruistas que los hacen diferentes a los delincuentes comunes. Entre los beneficios se encuentran la posibilidad de ser elegidos en cargos públicos y la prohibición de ser extraditados, previo indulto concedido por el Congreso.
En cuanto a los delitos conexos, que son aquellos que se cometen en función de la rebelión, la Constitución indica que estos deben ser regulados a través de una Ley Estatutaria tramitada por el Congreso. Los crímenes de lesa humanidad y de genocidio no pueden ser considerados conexos al delito político, por lo que las personas que sean condenadas por estos hechos estarán impedidos para participar en política.