El derecho a la protesta: un tema que ha pasado de agache en la paz | ¡PACIFISTA!
El derecho a la protesta: un tema que ha pasado de agache en la paz Protesta de indígenas Pijaos en el puente de Saldaña, Tolima. Foto: ONIC
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El derecho a la protesta: un tema que ha pasado de agache en la paz

Colaborador ¡Pacifista! - diciembre 5, 2017

Hacen falta esfuerzos del Estado para que las comunidades locales puedan participar de manera activa en los escenarios políticos del país. ¿En 2018 será diferente?

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Este artículo es producto de la alianza entre ¡PACIFISTA! y DemocraciaAbierta. Lea el contenido original aquí.

Por: Hobeth Martínez y Luis Felipe Cruz 

Mientras escribimos este artículo, algunas organizaciones campesinas, indígenas y afrodescendientes de Colombia completan más de dos semanas protestando. Las manifestaciones se deben al incumplimiento de los compromisos suscritos entre el Gobierno nacional y las organizaciones sociales al finalizar el Paro Nacional Agrario de 2013, que puede considerarse como un hito en la historia reciente de las movilizaciones sociales en el país tanto por su magnitud e impacto como porque en él confluyeron reivindicaciones de los campesinos, pueblos indígenas y comunidades afros.

Las recientes movilizaciones tienen un ingrediente adicional, también exigen el cumplimiento de lo pactado entre el Gobierno colombiano y la entonces guerrilla de las Farc en el Acuerdo de Paz, el cual quedó firme después de un accidentado proceso de refrendación el 30 de noviembre 2016. El objetivo del Acuerdo es consolidar la ‘paz territorial’, esto es, que los beneficios de la paz lleguen a los territorios y a las comunidades que han padecido la guerra.

Lo pactado responde a diferentes aspectos del conflicto armado y se concreta en puntos parciales. Con la Reforma Rural Integral y la Participación Política  se propusieron soluciones a problemas que originaron el conflicto. Dentro del punto sobre participación también se incluyeron garantías para que organizaciones y movimientos sociales puedan protestar, en tanto esta es una forma de ejercer el derecho a reunirse y manifestarse públicamente previsto en la Constitución.

Lo novedoso del Acuerdo de Paz es que apunta a una apertura territorial de la democracia participativa directa, la cual se encuentra debilitada debido a las circunstancias violentas del conflicto, así como por la existencia de grupos armados relacionados con el narcotráfico y élites políticas que han acaparado las elecciones en varios departamentos del país. Con ese enfoque, vale la pena preguntarse ¿en qué consiste y cómo quedó la participación y la protesta en el Acuerdo?

Lo esencial de lo pactado en el Acuerdo

Hay tres ideas fundamentales sobre la participación en el Acuerdo de Paz. La primera es que el propósito de promover mayor participación va más allá de la implementación del Acuerdo; el reto consiste en cómo profundizar la democracia local, regional y nacional en Colombia, más allá de lo electoral.

En segundo lugar, la participación se piensa desde los enfoques étnico, de género y territorial, de manera que la paz no se puede desligar de las voces de sus principales beneficiarias: las poblaciones que se han movilizado exigiendo derechos en los territorios o quienes padecieron los efectos del conflicto armado. La tercera idea fundamental consiste en promover la ampliación del pluralismo y las garantías de oposición tanto en la contienda electoral como a través de la participación de organizaciones sociales.

En relación con la protesta, el Acuerdo de Paz se enfocó en definir algunas garantías mínimas que organizaciones y movimientos de la sociedad civil deberían tener. Por ejemplo, a la libertad de ofrecer información alternativa durante las protestas, a la creación de instancias de interlocución entre el Gobierno y las organizaciones y a la reforma de leyes que obstaculicen o criminalicen el ejercicio de la protesta. Sin embargo, al igual que el resto del Acuerdo de Paz, las medidas y mecanismos negociados en el punto sobre participación política solo tendrán fuerza jurídica si se convierten en leyes, lo que contrasta con la poca implementación: a noviembre de 2017 solo se han expedido tres normas relacionadas con la participación.

Así, pese a que múltiples organizaciones de la sociedad civil participaron en la redacción de los lineamientos para una ley estatutaria de garantías para la participación de organizaciones y movimientos sociales y para la movilización y la protesta social, el Gobierno nacional no ha presentado ante el Congreso el respectivo proyecto de ley estatutaria que reglamente dichos temas. De esta manera, se corre el riesgo de que uno de los elementos más importantes de la paz territorial quede sin sustento legal.

Los problemas de la participación y la protesta

Mientras tanto, la participación de la sociedad civil en la implementación presenta serias dificultades y quienes lideran protestas siguen siendo víctimas de persecución. Por ejemplo, la situación actual sugiere problema con el enfoque de género; solo el 33% de los cargos que se han creado para implementar el Acuerdo de Paz han sido ocupados por mujeres y del total de personas que han participado en la firma de los acuerdos colectivos de sustitución de cultivos ilícitos sólo el 26% son mujeres.

Del lado del enfoque étnico las cosas no son muy distintas. A pesar de que el Acuerdo entiende la participación como la garantía al derecho a la consulta previa de los pueblos étnicos, solo seis normas de implementación del Acuerdo se consultaron a los pueblos indígenas, mientras que a las comunidades afrodescendientes nunca se les consultó. Es decir, a pesar de existir las herramientas para hacer la consulta en el marco de la implementación del Acuerdo, estas no han funcionado adecuadamente.

Solo el 33% de los cargos que se han creado para implementar el Acuerdo de Paz han sido ocupados por mujeres

La situación de seguridad de las personas que se han involucrado en la implementación del Acuerdo de paz se ha deteriorado durante los últimos dos años, por lo que en las actuales movilizaciones también se reclama protección y garantías de seguridad para los habitantes del campo. Sin que exista consenso sobre las cifras, se estima que durante el año 2016 se produjeron 126 asesinatos y 3 desapariciones forzadas, mientras que en lo que va del 2017, otras cifras más conservadoras reportan 60  asesinatos. Estos ataques han sido dirigidos especialmente en contra de “líderes y defensores de derechos humanos, de organizaciones sociales y políticas, en particular de líderes de Juntas de Acción Comunal, organizaciones campesinas, indígenas, comunales, sindicales, víctimas y reclamantes de tierras.”.

Semejante situación devela una sistematicidad de los asesinatos contra líderes y lideresas de organizaciones sociales que participan en protestas y que apoyan la implementación del Acuerdo en algunos departamentos del país como Nariño, Cauca, Putumayo, César, Antioquia y Chocó. Asimismo, refleja un aumento de la persecución que corre paralelo al incremento de la movilización social durante los últimos tres años.

Al final, la pregunta de fondo sería por qué la implementación del punto de participación, transversal al Acuerdo de Paz, tiene una importancia más allá del mismo Acuerdo.

La participación importa porque es la manera de vincular a buena parte de la sociedad civil a la tarea de fortalecer el Estado local, de construir un círculo virtuoso de desarrollo, de reconocer las identidades rurales formadas en medio de la ausencia estatal y garantizar el ejercicio de la ciudadanía en el contexto de una democracia participativa. Así podrá romperse con la exclusión institucional que buena parte de la población colombiana ha experimentado y que se manifiesta en el tono centralista del discurso de la construcción de Estado y desarrollo.

Sin embargo, algunos de los principales obstáculos que amenazan las oportunidades democratizadoras que abre el Acuerdo son la heterogeneidad de los contextos locales y regionales donde se debe implementar, la existencia de economías ilegales, y la presencia de grupos armados y de élites políticas que se niegan a perder el poder.

Las comunidades cocaleras de Putumayo

Un ejemplo sobre cómo la implementación del Acuerdo requiere de estrategias diferentes según el contexto de cada territorio puede apreciarse en la negociación de los Acuerdos Colectivos de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito entre el Gobierno y las comunidades cocaleras de Putumayo.

Si bien el Acuerdo de Paz plantea una relación entre la Reforma Rural Integral y el Programa Nacional Integral de Sustitución, son pocos los Acuerdos Colectivos que mencionan la forma como se articularán estos programas en los territorios cocaleros. Pero el Acuerdo Regional de Putumayo es distinto, ya que se incluyeron medidas concretas para adelantar la construcción de estos programas, mientras que los acuerdos colectivos suscritos en otras comunidades se limitan a la entrega de los 12 mil dólares que contempla el programade sustitución.

La participación importa porque es la manera de vincular a buena parte de la sociedad civil a la tarea de fortalecer el Estado local

La diferencia radica justamente en el grado de organización que existe en Putumayo, pues no significa lo mismo negociar el plan de sustitución con organizaciones que han trabajado durante casi cinco años planes de ordenamiento del territorio como el PLADIA (Plan de Desarrollo Integral Andino Amazónico), que con comunidades atomizadas. En Putumayo la existencia del PLADIA como un ejercicio de planeación territorial elaborado desde algunas organizaciones en virtud de un acuerdo anterior al proceso de paz, ha puesto otro nivel en la implementación del Programa de Sustitución.

De hecho, las recientes manifestaciones del movimiento cocalero del Putumayo demuestran el reto que tiene la institucionalidad para legitimar las políticas que va a desarrollar en ese departamento. No bastará con que el Estado implemente la sustitución, la erradicación o su política de seguridad, si no toma en cuenta las exigencias que desde hace más de 30 años sus poblaciones han hecho. Incluso en ese escenario represivo, la ciudadanía de los territorios debe contar con las garantías para hacer parte de las decisiones y para exigir el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el Estado a través del Programa de Sustitución.

¿Cómo debería avanzar el estado colombiano con el Acuerdo de Paz?

Es importante que el Gobierno nacional avance en la implementación legislativa del Acuerdo de Paz, particularmente en las normas que desarrollan la participación política y regulan el ejercicio de la protesta, pues constituyen garantías que fortalecen la confianza entre el Estado y las comunidades.

El Estado debería considerar que no hay manera de consolidar sus objetivos en estos territorios sin valorar adecuadamente los contextos regionales, sin ofrecer garantías de seguridad para quienes participan en la implementación de lo acordado o ejercen el derecho a la protesta y sin tener en cuenta lo que las personas tienen por decir sobre el desarrollo. Incluso, si decide adoptar medidas de manera inconsulta será fundamental en una democracia participativa y deliberante que las comunidades tengan herramientas para defender la protesta y exigir el cumplimiento de los compromisos adquiridos. Al final la participación, la movilización y la protesta son diferentes caras de una misma moneda: la paz territorial.

Este artículo forma parte de Protestar es un Derecho, un proyecto de colaboración con las organizaciones de derechos humanos CELS e INCLO, con el apoyo de la ACLU, que examina el poder de la protesta y su papel fundamental en la sociedad democrática. Lea la versión original del artículo aquí.